Violador es sentenciado a 29 años de prisión

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1395-DC-2024

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Paquisha (Zamora Chinchipe), 27 de diciembre de 2024.- Era el 12 de febrero de 2024 y en el Centro Turístico La Cabañita, ubicado en el barrio San Vicente, se desarrollaba un evento por las festividades de Carnaval.

El ambiente festivo se interrumpió alrededor de las 22:15, cuando ocurrió un incidente en el baño del recinto. En medio de todo el escándalo, César Stiven A. A. fue aprehendido por la Policía.

Fiscalía formuló cargos contra el hombre y luego lo llevó a juicio por el delito de violación. Durante la audiencia, desarrollada ante un Tribunal de Garantías Penales, se presentaron pruebas que demostraron su responsabilidad en la agresión sexual cometida contra una adolescente de 16 años con discapacidad, lo que resultó en una sentencia de veintinueve años y cuatro meses de privación de libertad.

En su alegato, el Fiscal de Violencia de Género explicó a los jueces que, la noche de los hechos, la adolescente y una familiar fueron al baño del centro turístico. La mujer dejó a la agraviada afuera por un momento mientras ingresaba al sanitario. Sin embargo, al salir, ya no la encontró.

César Stiven A. A. aprovechó ese instante para llevársela a otro de los baños, donde la violó.

La madre de la joven se enteró de la desaparición y la buscó en los otros baños. Una de las puertas estaba con seguro, los familiares forzaron las seguridades y lograron rescatar a la adolescente. El violador intentó escapar, pero la madre lo atrapó y entregó a la Policía.

En el juicio, el Fiscal llamó a comparecer al perito médico-legal que practicó la valoración ginecológica a la adolescente. El experto confirmó lesiones producto del delito.

La acusación se reforzó con la pericia psicológica, que también se le hizo a la adolescente; la de trabajo social, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, entre otras pruebas más. Además, con un certificado emitido por el Registro Nacional de Discapacidades, Fiscalía demostró que la víctima tiene un 73% de discapacidad intelectual.

La sentencia de los jueces incluyó el pago de una reparación integral de 5.000 dólares a favor de la agraviada y de una multa de 600 salarios básicos unificados. El Tribunal también dispuso que la joven reciba tratamiento psicológico en el centro de salud más cercano por el tiempo que requiera.

Información jurídica

El procesado fue sentenciado con base en el artículo 171, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de violación con una pena privativa de la libertad de diecinueve a veintidós años, “cuando la víctima se halle privada de la razón o del sentido, o cuando por enfermedad o por discapacidad no pudiera resistirse”.

Por haberse cometido la infracción en un establecimiento turístico, el Tribunal consideró aplicar la circunstancia agravante del artículo 48, numeral 2, de la misma norma.

 

 

 

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