Tribunal redujo de 8 a 4 años de pena privativa de libertad para exministro del Deporte
Quito, 27 de abril del 2015.- Por unanimidad, el Tribunal de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia sentenció a 8 años de pena privativa de libertad a Raúl C., exministro del Deporte y a Rafael M., exdirector de Servicios Institucionales de esa cartera de Estado, por peculado en la adquisición de implementos deportivos en el 2008.
Sin embargo, el Tribunal redujo la pena del exministro del Deporte y de Rafael M. a 4 años, por las atenuantes presentadas por sus abogados defensores, esto se precisará cuando los jueces notifiquen por escrito la sentencia.
Mientras que Mario M., beneficiario del dinero entregado por el Ministerio del Deporte, como resultado de la adquisición de estos accesorios, deberá cumplir una pena privativa de libertad de 8 años, pues la defensa no presentó atenuantes.
En tanto que Elizabeth C., exdirectora de Asesoría Legal del Ministerio del Deporte y a la contratista Rosa S., fueron sentenciadas a 2 años de pena privativa de libertad.
Así lo dieron a conocer los jueces del Tribunal, presidido por Vicente Robalino, la tarde de este 27 de abril cuando leyeron la resolución.
Según los magistrados, en la audiencia de juzgamiento realizada del 13 al 15 de abril del 2015, a través de las pruebas testimoniales y documentales, la Fiscalía demostró que se cometió el delito de peculado tipificado en el Art. 257 del Código Penal, en la suscripción del contrato 095-DL-2007 entre el Ministerio del Deporte y la contratista Rosa S.
También se confirmó que hubo un acuerdo doloso entre los sentenciados, lo que produjo un perjuicio al Estado de 114.880,20 dólares y un beneficio a favor de determinadas personas.
El Tribunal consideró que Raúl C., exministro del Deporte, participó directamente en el delito, por lo que fue sentenciado como autor.
La Fiscalía demostró que él fue quien invitó a Rosa S. directamente sin que el Comité de contrataciones haya decidido previamente. De esta forma contravino la disposición prevista en el Art. 8 del Reglamento de la Senader, favoreciendo a la ciudadana nombrada.
La Fiscalía corroboró que la contratista entregó los implementos deportivos con un sobreprecio de 114.880.20. El exministro suscribió ese contrato el 28 de diciembre del 2007, a sabiendas de que Rosa S. era proveedora y no importadora.
Rafael M., exdirector de Servicios Institucionales del Ministerio del Deporte, también fue sentenciado como autor de peculado, pues a decir de los jueces, su participación fue directa, sin la cual no se pudo ejecutar el ilícito.
Este ciudadano suscribió varias actas en calidad de integrante del Comité y no como invitado que era, es decir conoció de la contratación a la distribuidora Rosa S., e intervino en todo el proceso precontractual.
Mario M., quien se benefició del dinero entregado por el Ministerio del Deporte, como resultado de la adquisición de accesorios deportivos a través del contrato 095-DL-2007, fue sentenciado como autor y deberá cumplir una pena privativa de libertad de 8 años.
Rosa S., fue sentenciada como cómplice a dos años de pena privativa de libertad, aunque al concluir la audiencia de juicio, la Fiscalía pidió al Tribunal que sea declarada culpable en calidad de autora de peculado, pues el 28 de diciembre del 2007, ella suscribió el contrato 095-DL-2007 con Raúl C., entonces ministro del Deporte. La contratista aceptó la carta de invitación sin que consten los documentos precontractuales señalados en la Ley de Contratación Pública.
No obstante, al haber aceptado las condiciones técnicas del contrato, las incumplió. Pues a través de Mario M. se adquirieron los implementos deportivos a la empresa Dator a menor precio.
Además la Fiscalía probó que la madre de la acusada emitió cheques a nombre de Mario M. por las cantidades de 98.323,12 dólares, 21.000 y el tercer cheque por 69.320 dólares. Lo que da un total de 188,643,12 dólares. Es decir, el valor del contrato fue entregado a Mario M.
También, Elizabeth C., exdirectora de Asesoría Legal del Ministerio del Deporte, fue sentenciada como cómplice de peculado a dos años de pena privativa de libertad, pues era quien tenía la obligación de revisar los documentos habilitantes previo a la suscripción del contrato.