Tres ciudadanos fueron declarados culpables por robo y muerte de bombero


Tribunal Penal del Guayas sentenció a tres personas,  por muerte de uniformado del Cuerpo de  Bomberos

Guayaquil, 3 de agosto de 2015.- Daniel N., Antony S. y Edwin E. fueron declarados culpables del delito de robo con muerte del bombero Jacinto M., ocurrido en Guayaquil, el 30 de agosto de 2014.

El Tribunal Noveno de Garantías Penales del Guayas valoró las pruebas presentadas por la Fiscalía, luego de la deliberación emitieron el fallo de manera verbal, durante la audiencia de juzgamiento, efectuada el viernes 31 de julio.

Los jueces sentenciaron como autor de este delito a Daniel N. y le impusieron 26 años de pena privativa de libertad. Antony S. y Edwin E(expolicía) fueron declarados culpables como cómplices y sentenciados a 8 años 6 meses y 4 años 8 meses, respectivamente.

Durante la audiencia, el fiscal Julio Vacacela presentó a 12 testigos, entre ellos familiares de la víctima y agentes de la Policía que realizaron los informes de investigación, balística, levantamiento del cadáver, autopsia, reconocimiento del lugar de los hechos e inspección ocular técnica.

El bombero Jacinto M. y su novia fueron asaltados por dos ciudadanos que se movilizaban en una motocicleta, en las calles Guerrero Valenzuela y Pauta Rodríguez, suburbio de Guayaquil. La víctima recibió impactos de bala por tratar de impedir que se lleven su teléfono celular.

La Fiscalía del Guayas abrió una investigación previa y durante un operativo, realizado conjuntamente con la Policía Judicial, se logró la detención de los tres sentenciados, el 4 de febrero del 2015, en el norte de Guayaquil.

En las investigaciones de la Fiscalía se determinó que los tres procesados participaron en el delito, debido a la identificación realizada por testigos del hecho.

Edwin E., policía en servicio activo en la fecha del cometimiento del delito, habría colaborando con la movilización y armas para efectuar el robo.

Dato:

La Fiscalía acusó a los tres procesados por el delito tipificado en el artículo 189 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona con pena privativa de libertad de 22 a 26 años, al que como consecuencia del robo, provocare la muerte de una persona.