07 de enero de 2021

Con base en los argumentos presentados por la Fiscalía General del Estado, Tribunal de la Corte Nacional de Justicia acoge recurso de apelación e incrementa la sentencia, de uno a dos años de pena atenuada, contra la exasambleísta Norma V., como autora del delito de concusión.

Se aclara, además, que la pena mínima del delito de concusión, tipificado en el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), es de 3 años y que si se reduce un tercio (1 año), la pena debía ser de dos años y no de uno como dictó el Tribunal en primera instancia.