Sentenciados como autores del delito de robo agravado
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 517-DC-2024
Ambato (Tungurahua), 01 de mayo de 2024.- John Jairo O. B., Marlon David A. A. y Jonathan David S. G. fueron declarados culpables del delito de robo agravado y sentenciados a nueve años y ocho meses de pena privativa de la libertad, luego de que Fiscalía demostrara su responsabilidad en la infracción penal.
El fallo incluye el pago de una multa de veinte salarios básicos unificados y de 10.000 dólares como reparación integral a sus víctimas.
En la audiencia de juicio, el Fiscal de la causa relató que los hechos ocurrieron en la parroquia Martínez del cantón Ambato, en agosto de 2023, en un “restobar”. Las víctimas se encontraban en una reunión de amigos, cuando los delincuentes llegaron al lugar: utilizando armas de fuego los intimidaron, amenazaron de muerte y sustrajeron todas sus pertenencias (teléfonos, computadores, relojes, entre otros artículos).
El propietario del lugar recibió un golpe en la cabeza con el arma y huyeron a bordo de un vehículo (también robado). Una de las víctimas manifestó que su teléfono tiene un chip de localización y con la ayuda de la Policía Nacional lograron ubicar a los ya sentenciados. No obstante, en su poder no se encontraron los artículos sustraídos.
Al averiguar la localización de otro dispositivo, robado a otra de las víctimas, que señalaba su ubicación en la avenida Bolivariana. Junto con personal policial se movilizaron a ese lugar, donde encontraron a una ciudadana que tenía puesto un reloj y otros artículos que habían sido encargados por John Jairo O. B.
Las victimas reconocieron a sus asaltantes, por lo que fueron aprehendidos.
Fiscalía demostró la materialidad del delito y la responsabilidad de los procesados con abundante prueba testimonial, documental y pericial, como los testimonios de los agentes aprehensores, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias, testimonios de las víctimas, informes del ECU 9-1-1, entre otras.
Información jurídica
El delito de robo agravado está tipificado en el artículo 189, inciso segundo, numerales 1 y 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
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