Sentenciado por quemar con agua hirviendo a su conviviente

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 132-DC-2020

Sentenciado por quemar con agua hirviendo a su conviviente

Guayaquil (Guayas), 05 de febrero del 2020.- Fiscalía obtuvo la sentencia de un año y cuatro meses de pena privativa de libertad –la máxima para este tipo de delito– contra el ciudadano que ocasionó graves lesiones por quemaduras a su conviviente, luego de que mantuviera diferencias verbales con la víctima. El hecho ocurrió durante la madrugada del 25 de enero de 2020, al interior de la vivienda que compartían en Bastión Popular, en el noreste de Guayaquil.

La fiscal Patricia Morán Espinoza, en la audiencia de procedimiento directo del martes 4 de febrero, en la Unidad Judicial Valdivia, presentó pruebas documentales, testimoniales y periciales del hecho, que demostraron la participación directa del procesado, Daniel Leonardo M. P., quien se acogió al derecho del silencio durante la audiencia.

Entre estas pruebas constaron los reconocimientos médicos y psicológicos practicados a la víctima; los informes de entorno social, de reconocimiento del lugar de los hechos y los elaborados por el Departamento de Violencia Intrafamiliar (Devif) de la Policía Nacional. Además del parte de detención del agresor y la denuncia de la víctima.

Fiscalía también contó con el testimonio de siete personas, entre agentes investigadores, aprehensores, médicos peritos, de trabajo social y la versión de la afectada.

El juez de Violencia contra la Mujer y la Familia, Kennet Francis Martínez, acogió el pedido de Fiscalía y emitió sentencia condenatoria de un año y cuatro meses de pena privativa de libertad contra el procesado, además de emitir medidas de protección a favor de la víctima (M. C. M.), como prohibir al victimario acercarse a la mujer y realizar actos de intimidación, su inmediata salida del hogar, y le otorgó una boleta de auxilio que incluye a su núcleo familiar.

El Magistrado dispuso también el pago de una multa de tres salarios básicos unificados (1.200 dólares) y el tratamiento médico y psicológico para la víctima.

Hechos

El día de en que ocurrieron los hechos, en horas de la madrugada, el sentenciado (Daniel Leonardo M. P.) se levantó para realizar sus actividades diarias y tras hablar brevemente con su conviviente, cruzó ofensas verbales contra ella. Luego fue a la cocina, donde recogió agua hirviendo en un recipiente y procedió a lanzársela a la mujer que se encontraba aún en la cama, la agresión produjo lesiones por quemaduras en rostro y cuerpo, ocasionando incapacidad a la víctima de quince a veinte días.

El agresor fue detenido por vecinos del lugar que prestaron auxilio a la agredida y poniéndolo a órdenes de las autoridades policiales del sector.

Dato jurídico

Fiscalía llevó este proceso con base en el artículo 156 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de violencia física contra la mujer o miembros del grupo familiar, con pena privativa de libertad de dos meses a un año, y con las agravantes indicadas en el artículo 48, numerales 5 y 9, de este mismo cuerpo legal, que aumentan en un tercio la pena impuesta.

 

 

 

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