Sentenciado por la violación de un niño de 5 años al interior de una unidad educativa

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 214-DC-2021

Sentenciado por la violación de un niño de 5 años al interior de una unidad educativa

Guayaquil (Guayas), 03 de marzo de 2021.- Fiscalía obtuvo sentencia condenatoria de veintinueve años y cuatro meses de pena privativa de libertad contra Oswaldo Medardo C. C., como responsable de la violación a un niño de 5 años, perpetrada al interior de los baños de una escuela ubicada en una cooperativa de vivienda en Fertisa, en el sur de Guayaquil.

El fiscal de la Unidad de Violencia de Género, Luis Machado Sánchez, en la audiencia de juzgamiento desarrollada en la Unidad Judicial Albán Borja, presentó entre las pruebas: el testimonio anticipado de la víctima, a lo que se sumaron los testimonios de su madre, de los agentes aprehensores e investigadores de Criminalística, y de médicos, peritos y psicólogos que intervinieron en el caso.

Como prueba documental se incluyeron los informes médico-proctológicos y la valoración psicológica practicados al menor, el de trabajo social, de reconocimiento del lugar de los hechos, la inspección ocular técnica, el parte de detención y la denuncia presentada por la progenitora.

El Tribunal, conformado por Guedys Cevallos, Vanessa Vera y José Cañizares, acogió en su totalidad las pruebas presentadas por Fiscalía y sentenció a Oswaldo Medardo C. C. como autor del delito. Además, ordenaron el pago de una multa de 800 salarios básicos (320.000 dólares) y de 10.000 dólares como reparación integral a la víctima.

El caso fue denunciado por la madre del menor ante las autoridades policiales en 2018, luego de que se percatara de que su hijo fue agredido sexualmente. Al preguntarle del particular, el niño identificó como su agresor al ya sentenciado, quien se desempeñaba como auxiliar de profesores de la unidad educativa donde estudiaba la víctima.

Fiscalía inició una investigación contra Oswaldo Medardo C. C., quien se dio a la fuga. Fue detenido en Guayaquil un año después de ocurridos los hechos y recluido en el Centro de Privación de Libertad de esta ciudad.

Según la denuncia, el ya sentenciado aprovechó que se encontraba con el menor y lo llevó –con engaños– al baño del establecimiento educativo, ubicado en un sitio apartado de la escuela, para cometer el delito.

Dato jurídico

Fiscalía procesó este caso por el delito de violación, tipificado en el artículo 171, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona al infractor con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años. Además, se consideraron las agravantes dispuestas en el artículo 48, numeral 1 (cuando la víctima se encuentra al cuidado o en atención en establecimientos públicos, tales como salud, educación o similares), que aumentó en un tercio la pena impuesta.

 

 

 

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