Sentenciado por infringir violencia psicológica contra su esposa
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1324-DC-2024
Lago Agrio (Sucumbíos), 05 de diciembre de 2024.- Testimonios y pruebas periciales presentados por Fiscalía permitieron que un Tribunal sentencie a Milton Danilo C. V. a un año de prisión por el delito de violencia psicológica, cometido contra su conviviente, con quien mantuvo 49 años de una relación sentimental marcada por constantes maltratos.
En la audiencia de juicio, la víctima, de 71 años, relató los tormentos que sufrió: agresiones verbales constantes, humillaciones y amenazas de ser expulsada de su hogar. Estos hechos afectaron severamente su salud mental, llevándola a requerir tratamiento psiquiátrico con medicamentos antidepresivos y ansiolíticos.
Constantemente, agregó, el procesado le confesó mantener una relación con otra mujer, lo que agravó su deterioro emocional.
“Estoy viviendo un tormento desde hace 30 años por este hombre”, expresó la víctima desesperada en su testimonio.
Los hijos de la pareja también testificaron. Ambos coincidieron en sus testimonios, confirmando los constantes maltratos psicológicos ejercidos por su padre. Uno de ellos señaló que el acusado incluso golpeó a su madre en el estómago y describió el impacto que estos abusos tuvieron en su bienestar.
Con todas las pruebas presentadas por el Fiscal, el Tribunal dictó la pena privativa de la libertad de un año contra el procesado. Además, le dispuso el pago de una multa de tres salarios básicos unificados y de una reparación integral de 8.000 dólares a favor de la víctima.
Información jurídica
El delito de violencia psicológica está tipificado en el artículo 157, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que establece penas de seis meses a un año de prisión.
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