Sentenciado por el robo con violencia perpetrado en un negocio
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 943-DC-2024
Riobamba (Chimborazo), 16 de agosto de 2024.- A cuarenta meses de pena privativa de libertad fue sentenciado Luis David A. P., luego de acogerse al procedimiento abreviado y aceptar su participación en el delito de robo con violencia, perpetrado en una heladería, la tarde del 10 de junio de 2024.
En la audiencia de procedimiento abreviado, el Fiscal del caso presentó: las versiones de los agentes aprehensores, los informes técnico-periciales de reconocimiento y avalúo de evidencias, la pericia de audio y vídeo, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, entre otros.
Luis David A. P. ingresó a una heladería ubicada al norte de Riobamba, donde amenazó con palabras soeces a la dueña del negocio, indicándole que pertenecía a un grupo delictivo y que debía pagarle 20 dólares como “vacuna”.
La mujer no quiso entablar diálogo ni llegar a acuerdos con el sentenciado, por lo que no canceló el valor que solicitaba. El hombre salió del lugar, pero horas más tarde regresó y la sometió con un arma de fuego, para robarle dinero en efectivo y otras pertenencias.
Cuando el asaltante terminó el atraco, salió del local. En la noche, mientras la mujer transitaba por el centro-norte de la ciudad, lo reconoció como la persona que le había robado. Enseguida dio aviso a los moradores del sector, quienes lo capturaron y entregaron a los agentes de policía, por lo que el procesado fue detenido en delito flagrancia y posteriormente procesado por el hecho.
Información jurídica
El robo está tipificado y sancionado en el artículo 189 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con privación de libertad de cinco a siete años. Este caso se juzgó mediante el procedimiento abreviado, por lo que se redujo la pena.
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