Sentenciado por el asesinato de un jugador de fútbol profesional

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 079-DC-2021

Sentenciado por el asesinato de un jugador de fútbol profesional

Esmeraldas (Esmeraldas), 26 de enero de 2021.- Tribunal de Garantías Penales de Esmeraldas sentenció a Héctor Antonio Q. A., a veintidós años de pena privativa de la libertad, por su participación en el asesinato de Christian Jordán G. T.

Fiscalía demostró la responsabilidad del procesado durante la audiencia de juicio, desarrollada el 18 de enero último. En la diligencia, el fiscal Ángel Eduardo Badillo presentó ante los jueces los testimonios de cinco personas que se encontraban celebrando el inicio del nuevo año nuevo, el 1 de enero de 2020, cuando ocurrieron los hechos; la prueba balística del proyectil localizado en el cuerpo de la víctima y el cotejamiento de balas con el arma de fuego encontrada en el lugar de los hechos, la pericia de identidad humana de los videos remitidos por el ECU 9-1-1, el cotejamiento fisonómico del procesado y la secuencia de imágenes del mismo sistema. Además, el testimonio de los policías que persiguieron al infractor, el informe de la necropsia practicada cadáver, que presentaba tres impactos de bala en el tórax; entre otras pruebas.

Los hechos se registraron el 1 de enero de 2020, alrededor de las 10:30, en el malecón del río Quinindé, del cantón del mismo nombre, conocido como “El Bajo”, donde se produjo una riña entre el hoy sentenciado y Christian Jordan G.T. (+).

Héctor Antonio Q. A., alias “Turco”, disparó con una pistola subametralladora semiautomática y terminó con la vida del joven de 19 años, quien se desempeñaba como jugador de fútbol profesional en un equipo capitalino.

Los jueces Johnny Fernando Bedoya Medina, Erika Herkt Plaza y Juan José Villamar dispusieron, además, el pago de 100.000 dólares como reparación integral a la familia de la víctima.

Héctor Antonio Q. A. fue procesado por el delito de asesinato, tipificado y sancionado en el artículo 140, numeral 9, del Código Orgánico Integral Pena (COIP), con las agravantes establecidas en el artículo 47, numeral 4, del mismo cuerpo legal.

 

 

 

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