Sentenciado por abuso sexual contra un joven con discapacidad

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 516-DC-2019

Sentenciado por abuso sexual contra un joven con discapacidad

Fiscalía demostró que cometió el delito en una vereda. Fue condenado a 20 meses de prisión.

Quito (Pichincha), 21 de octubre de 2019.- Acogiendo las pruebas presentadas por Fiscalía, la jueza de Garantías Penales de Pichincha, Ana Guerrón, declaró culpable a Xavier Antonio S. por el delito de abuso sexual, cometido en un joven de 19 años con el 58% de discapacidad intelectual.

Además, el sentenciado deberá cancelar siete salarios básicos unificados como multa y 5.000 dólares como reparación integral a la víctima.

También se dispuso que la víctima y el agresor reciban tratamiento psicológico, a través del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).

En la audiencia de procedimiento abreviado, instalada a finales de septiembre de 2019, la fiscal de la Unidad Especializada en Violencia de Género de Pichincha, Paola Solís, sustentó la acusación con el testimonio anticipado de la víctima, el informe de la pericia psicológica, que concluye que el joven se encuentra atemorizado y sin ganas trabajar; el reconocimiento del lugar de los hechos y los testimonios de los agentes aprehensores y de la testigo que presenció el abuso.

El hecho

La tarde del 27 de junio de 2019, en el sector de la Río Coca, norte de Quito, un joven de 19 años se encontraba sentado en la acera esperando un autobús. En ese momento Xavier Antonio S. se le acercó y le propuso llevarlo a su casa, pero él se negó.

Después le obsequió dulces y en ese instante aprovechó para tocar sus partes íntimas. Una mujer que estaba cerca del lugar presenció lo ocurrido y llamó a la Policía, que de inmediato aprehendió al hombre.

Dato jurídico

Según el artículo 635 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), para que Fiscalía acepte la aplicación de este procedimiento, la persona imputada debe admitir el hecho que se le atribuye y consentir el procedimiento para acogerse a una pena reducida, que se puede aplicar en delitos con hasta diez años de privación de la libertad. El abuso sexual consta en el artículo 170 del mismo cuerpo legal y es sancionado con una pena de tres a cinco años.

 

 

 

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