Sentenciado como autor directo de abuso sexual contra una niña de 11 años

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 587-DC-2022

Sentenciado como autor directo de abuso sexual contra una niña de 11 años

Guaranda (Bolívar), 15 de agosto de 2022.- Tribunal de Garantías Penales dictó una condena de cinco años para Leonel N., como autor directo del delito de abuso sexual, cometido contra una niña de 11 años. En contra del procesado, la Fiscalía General del Estado presentó las pruebas necesarias que demostraron su responsabilidad en el hecho.

Los jueces también establecieron una multa y un monto como reparación integral, que serán precisados en la sentencia escrita.

En el desarrollo de la audiencia, el Fiscal del caso detalló los hechos por los cuales Fiscalía inició una investigación y el respectivo proceso penal contra el ya sentenciado.

En su relato, el Fiscal señaló que en junio de 2014, el Ministerio de Educación –a través de su delegación en el cantón Chillanes– presentó una denuncia por un presunto delito sexual, cometido contra una niña de 11 años (a la fecha de los hechos). Ahí se mencionó que, luego notar cambios en el comportamiento de la agraviada, ella fue entrevistada por personal de la institución educativa a la que acudía y señaló que estaba siendo víctima de abuso sexual por parte de su tío.

Con esa información, se practicaron las pericias correspondientes, mismas que fueron presentadas durante el juicio, entre estas: el reporte médico-legal y el informe psicológico, con los que se demostró la materialidad de la infracción.

A ello se sumó la denuncia del Ministerio de Educación, documentación del Registro Civil y los testimonios de agentes investigadores de la Policía Nacional, y el testimonio anticipado de la víctima.

El Tribunal señaló que la información y los resultados de la investigación, en sus primeras horas, fue determinante para romper el estado de inocencia del procesado y declarar su culpabilidad.

Información jurídica

El delito de abuso sexual está tipificado en el artículo 170 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que en su inciso segundo dispone una sanción de cinco a siete años de pena privativa de libertad, cuando la víctima es menor de 14 años.

 

 

 

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