Sentenciado a 8 años por femicidio en grado de tentativa
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 022-DC-2024
Portoviejo (Manabí), 09 de enero de 2024.- Tribunal de Garantías Penales de Portoviejo dicto sentencia de ocho años y ocho meses de prisión contra José M., quien fue declarado culpable de la tentativa de femicidio perpetrada contra su exconviviente. El hecho ocurrió en diciembre de 2019 en el cantón 24 de Mayo.
En la audiencia de juicio, el Fiscal del caso informó al Tribunal que el hecho investigado ocurrió alrededor de las 19:00. Previo al suceso, la víctima se había separado del agresor, debido a las constantes agresiones físicas, verbales y psicológicas que sufría.
Durante varios días fue víctima de un acoso constante y el día que ocurrió el delito, había salido de su vivienda para trabajar en un puesto ambulante de venta de comida, cuando fue interceptada por su expareja, quien y le “pidió” que regrese con él. No obstante, la mujer se negó y el hoy sentenciado tomó un cuchillo, la atacó en repetidas ocasiones y luego huyó del lugar.
La agraviada fue trasladada a una casa de salud donde fue atendida de emergencia, lo que le salvó la vida. De inmediato, familiares de la víctima presentaron la denuncia y se inició una investigación previa que, luego de la obtención de los suficientes elementos de convicción, permitió formular cargos contra el agresor, en septiembre de 2022.
Durante la audiencia de juicio, Fiscalía presentó como principales medios probatorios: el testimonio del médico legista, quien señaló que las heridas causadas le habrían provocado la muerte de no haber sido atendida de emergencia, lo que se corrobora con la historia clínica de la mujer, en la que se detalla que la víctima fue herida en el cuello, el rostro y el tórax.
A ello se sumó el testimonio anticipado de la víctima, en el que detalla el suceso e identifica al atacante; el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, entre otras pruebas que permitieron al Tribunal determinar la existencia de la infracción y la responsabilidad del ahora sentenciado en la misma.
Información jurídica
El delito de femicidio está tipificado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En este caso se aplicó una sanción con base en lo descrito en el artículo 39 (tentativa) del mismo cuerpo legal, que señala que la pena aplicable será de uno a dos tercios de la que le correspondería si el delito se hubiera consumado.
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