Sentenciado a 29 años por violación incestuosa

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1272-DC-2024

Imagen de boletín: Sentenciado a 29 años por violación incestuosa

Loja (Loja), 22 de noviembre de 2024.- Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales de Loja que conoció la causa dictó sentencia condenatoria contra Jorge S., por la violación incestuosa a su hija adolescente. Tras considerar las agravantes demostradas durante el juicio, se le impuso una pena privativa de libertad de veinte y nueve años y cuatro meses.

La sentencia incluye el pago de una multa equivalente a 1.000 salarios básicos unificados y el pago de 10.000 dólares como reparación integral a la víctima. Además, se dispuso que la agraviada reciba terapias psicológicas como parte de su proceso de recuperación.

Los hechos que originaron esta investigación ocurrieron en febrero de 2024, cuando la hija del agresor, una adolescente de 17 años, fue entregada a su abuela paterna por la Junta Cantonal de Derechos, debido a que se determinó que su madre no cumplía con su responsabilidad de cuidadora. Durante su estadía en ese hogar, compartió espacio con su padre biológico, quien no había convivido anteriormente con ella.

El 26 de junio de 2024, el ahora sentenciado cometió el delito en un lugar público. Tras haber recibido la denuncia, agentes policiales lo aprehendieron de inmediato.

En la audiencia de juicio, la Fiscal del caso presentó como pruebas: el testimonio anticipado de la víctima, quien relató los hechos ocurridos, incluyendo las amenazas de muerte por parte de su padre. Estas declaraciones fueron corroboradas por las pericias médico-legal, psicológica y de entorno social, que revelaron la extrema vulnerabilidad de la adolescente.

Además, se expusieron los testimonios de los agentes aprehensores y los informes investigativos, entre otras pruebas que fueron valoradas en su conjunto por parte del Tribunal para determinar la responsabilidad del agresor. Durante la audiencia, Jorge S. pidió disculpas por sus acciones.

Información jurídica

El delito de violación incestuosa está tipificado en el artículo 171.1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En este caso se aplicó la agravante del artículo 48, numeral 6, del mismo cuerpo normativo.

 

 

 

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