Sentenciado a 29 años de prisión por la violación de su hijastra

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 082-DC-2022

Sentenciado a 29 años de prisión por la violación de su hijastra

Esmeraldas (Esmeraldas), 02 de febrero de 2022.- Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía, un Tribunal de Garantías Penales sentenció a veintinueve años cuatro meses de prisión, a Víctor Mario M. C., por la violación de su hijastra, una adolescente de 16 años, quien resultó embarazada producto de la agresión.

Los hechos se registraron en marzo de 2018, en el cantón Rioverde, parroquia Chontaduro, recinto Venado, en donde la víctima vivía con su madre, padrastro y dos hermanastros. El ahora sentenciado aprovechaba que la adolescente era enviada a trabajar en el campo para violentarla sexualmente bajo amenazas e intimidaciones.

El hombre la sometía con un cuchillo para agredirla a cambio de pagarle los estudios. Sin embargo, la adolescente resultó embarazada luego de estos hechos y cuando fue enviada donde su padre biológico -en otra ciudad-, ella contó lo sucedido y el delito fue denunciado.

Durante la audiencia de juzgamiento, la fiscal del caso, Patricia Nazareno, presentó como principales elementos probatorios, los testimonios de los agentes investigadores de la Policía Judicial, de médicos peritos y psicólogos que intervinieron en el caso.

Además, se incluyó el testimonio anticipado de la víctima en el que identificó plenamente a su agresor, la pericia de ADN que determinó que el procesado es padre de la criatura y la denuncia presentada por el padre de la víctima, entre otras pruebas.

Los jueces Juan Villamar, Segundo Montaño y José Estrada, ordenaron el pago de una reparación integral a la víctima de 10.000 dólares y una multa de 1.066 dólares. Además, dispusieron para el procesado, la prohibición de aproximación o comunicación directa con la víctima, sus familiares u otras personas dispuestas en sentencia, de acuerdo al artículo 60, numeral 10 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Información Jurídica

Victor Mario M. C., fue procesado por el delito de violación, tipificado en el artículo 171, numeral 2, en concordancia con el artículo 48, numeral 5 y 9, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

 

 

 

 

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