Sentenciado a 11 años por homicidio y lesiones
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 215-DC-2019
Con el rastreo satelital efectuado a los teléfonos de las víctimas se logró ubicar al agresor.
Quito, 30 de julio de 2019.- Por los delitos de homicidio y lesiones, en concurso real de infracciones, fue sentenciado a once años de privación de la libertad el ciudadano venezolano Jhonny Alexander Q. D. Además deberá pagar una multa de cuarenta y cuatro salarios básicos unificados.
El fiscal especializado en Personas y Garantías, Fredy García, acusó al procesado de haber cometido el homicidio de su compatriota José Manuel A. G., con un disparo en el pecho y de lesionar al ciudadano colombiano Julio César H. D., la madrugada del 16 de noviembre de 2018, al interior de un inmueble ubicado en el sector de Chillogallo, en el sur de Quito.
Todo inició con una discusión entre Jhonny Alexander Q. D. y José Manuel A. G, en la sala del inmueble. Julio César H. D., al escuchar el disparo, salió del dormitorio en el que descansaba, dio dos pasos y también recibió un disparo de parte del ya sentenciado. Regresó herido al dormitorio, cerró la puerta y saltó por la ventana hacia un techo de zinc y luego al terreno del vecino para pedir ayuda.
En su versión entregada horas después del crimen, la persona que resultó herida manifestó que quince días antes del homicidio, él estaba en una fiesta con su amigo José Manuel A. G. (+) y que una pareja de amigos le había recomendado a Jhonny Alexander Q. D. para que trabajara con él vendiendo zapatos a plazos y cobrando las deudas. El día del hecho, habían recaudado 4.000 mil dólares y en el domicilio tenían 2.080 dólares.
El agresor huyó del lugar, llevándose los teléfonos celulares de las víctimas y la pistola, abordó un bus interprovincial, pero no logró escapar. Fue aprehendido por la Policía en uno de los peajes de Imbabura. El rastreo satelital realizado a los celulares señaló la ubicación exacta de Jhonny Alexander Q. D.
En la audiencia de juicio, instalada ante el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, el Fiscal fundamentó su acusación en las pruebas levantadas durante la investigación del caso, como testimonios de los testigos, agentes aprehensores y también de los peritos, el rastreo satelital, informes de autopsia, levantamiento del cadáver e informe médico-legal.
También se presentaron los resultados de las pericias de cotejamiento balístico de la evidencia levantada en el lugar de los hechos, que al ser cotejadas con las muestras testigo coincidieron con el arma encontrada en poder del ciudadano ahora sentenciado.
No se determinó una reparación integral para la persona fallecida, pues durante el proceso no se consiguió ubicar a familiares o amigos. Tampoco para la persona lesionada, puesto que después de dar su versión de los hechos, abandonó el proceso penal.
Dato jurídico
El ciudadano fue sentenciado bajo los artículos 144 (homicidio) y el 142, numeral 3 (lesiones con incapacidad de treinta y uno a noventa días), del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con la aplicación del concurso real de infracciones (cuando a una persona le son atribuibles varios delitos autónomos e independientes), según el artículo 20 del mismo cuerpo legal.
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