Sentencia ratificada: 25 años de cárcel por violación

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 269-DC-2019

Sentencia ratificada: 25 años de cárcel por violación

Se impuso la máxima pena de reclusión mayor especial, prevista en el numeral 1 del artículo 512, del Código Penal anterior.

Francisco de Orellana, 20 de agosto de 2019.- La defensa técnica del ciudadano Vicente Yovanny B. C. no pudo sustentar su apelación a la sentencia condenatoria por el delito de violación, cometido en una niña de 10 años de edad, por lo que el fallo ratificado es de veinticinco años de reclusión mayor especial y la entrega de 5.000 dólares como reparación integral.

En la Corte Provincial de Justicia de Orellana, ante la Sala Penal, se instaló la audiencia de apelación la tarde del 16 de agosto de 2019. El fiscal provincial, Pío Palacios, demostró que durante la investigación se respetó el debido proceso, que el ciudadano sentenciado no estuvo en indefensión y que el argumento presentado es extemporáneo, porque la defensa debió plantearlo en la audiencia preparatoria de juicio.

El Tribunal de Alzada, para rechazar el recurso de apelación (que buscaba la confirmación de inocencia) y ratificar tanto la sentencia como la reparación integral de los jueces de primera instancia, motivó su fallo en la validez de la prueba presentada por Fiscalía.

También en que “la jurisprudencia es unánime respecto a que los delitos sexuales –especialmente a menores de edad– son ocultos, por lo que no existen testigos presenciales; es por esta razón que tiene especial relevancia el testimonio anticipado de la víctima”, precisaron los magistrados al anunciar su veredicto.

En este sentido, la credibilidad del testimonio anticipado de la víctima, que refirió a su padrastro como su agresor, fue establecida con los testimonios de los peritos respecto a las experticias de entorno social y psicológicas, practicadas durante el proceso penal y expuestas por el fiscal que investigó el caso, Vicente Chamba Paucar, durante el juicio del 5 de julio de 2019.

Hechos

En 2013, en el domicilio de la familia (en la vía Coca-Joya de los Sachas), el ciudadano, que tenía 47 años, violó en reiteradas ocasiones a la hija de 10 años de su pareja.

En uno de aquellos episodios, la violentó en el terreno donde sembraba malanga, un día en que la niña se quedó en la casa para ayudarle, mientras que la madre acompañó a otra de sus hijas a rendir un examen de recuperación.

Para mantenerla callada, el padrastro amenazó a su víctima con decirle a su madre que lo hizo porque “ella (la niña) es la que lo estaba provocando”.

La víctima permaneció callada por miedo al rechazo de su madre, hasta que viajó a Manta a visitar a su tía, a quien le contó las violaciones cometidas por su padrastro. La mujer llevó a su sobrina a la Fiscalía de Manta, donde fue valorada por el médico legista de la Institución y, de inmediato, el agresor fue denunciado. Al enterarse de estas acciones, huyó.

Sin embargo, el proceso penal se inició y siguió en su contra hasta dictarse el auto de llamamiento a juicio (etapa intermedia). Con boleta de detención en mano, los agentes policiales lo capturaron en las elecciones de febrero de 2018, cuando se acercó a votar en la parroquia rural Nuevo Paraíso, del cantón Francisco de Orellana.

Dato jurídico

Se impuso la máxima pena de veinticinco años de reclusión mayor especial, prevista en el numeral 1 del artículo 512, del Código Penal anterior: “la víctima es menor de catorce años”, de acuerdo a lo determinado en el artículo 513 del mismo cuerpo legal, considerando además que el imputado y sentenciado no justificó circunstancias atenuantes de las previstas en el artículo 29 del mismo Código.

 

 

 

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