Imagen de boletín: Sentencia por asociación ilícita, ratificada

Sentencia por asociación ilícita, ratificada

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 276-DC-2023

Imagen de boletín: Sentencia por asociación ilícita, ratificada

Quito (Pichincha), 22 de marzo de 2023.- La Corte Provincial de Justicia negó el recurso de apelación interpuesto por Bryan José R. y le ratificó la sentencia de dieciocho meses de privación de libertad como autor directo del delito de asociación ilícita y el pago de una multa de tres salarios básicos unificados.

Los magistrados rechazaron la solicitud de aplicación de la suspensión condicional de la pena presentado por la defensa del sentenciado. Al respecto, Fiscalía argumentó que dicho beneficio no procedería, debido a que no se cumple la parte final del numeral 3 del artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), es decir, en el delito de asociación ilícita es necesaria la aplicación de la pena privativa de libertad.

Con base en esos argumentos, los jueces ratificaron la sentencia dispuesta por un Juez de primera instancia en enero de 2023, dictada en procedimiento abreviado.

Según la investigación de Fiscalía –a través de seguimientos, vigilancias, interceptaciones y grabaciones efectuados desde febrero de 2022–, Bryan José R. integraba un grupo delictivo dedicado al hurto de tarjetas de crédito, mediante la modalidad conocida como el cambiazo, y operaba tanto en Quito como en otras ciudades.

Los antisociales interceptaban a los perjudicados en cajeros automáticos, donde les informaban que –supuestamente– el cajero estaba bloqueado, de forma amistosa. Además, les brindaban “ayuda” en la limpieza del chip de la tarjeta antes de que la víctima la ingresara de nuevo en la ranura.

Pero, justo en el momento en que “limpiaban”, hacían el cambio de la tarjeta por una sin nombre. Mientras eso ocurría, otro de los miembros de la banda observaba la clave que ingresaba el afectado y le informaba a un tercero, quien retiraba el dinero en otro cajero automático, cerca del sitio.

Bryan José R. mantenía una actividad específica: despistaba a la víctima con la supuesta ayuda y cambiaba la tarjeta.

El sentenciado fue aprehendido junto a otras cuatro personas en un operativo ejecutado en septiembre de 2022.

Cuatro de los procesados se acogieron al procedimiento abreviado y fueron sentenciados por el delito de asociación ilícita. Mientras que el quinto involucrado incumplió las medidas cautelares dictadas por el Juez dentro de esta causa, por lo que se le abrió otro proceso por el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente.

Información jurídica

El delito de asociación ilícita está tipificado en el artículo 370 del COIP y es sancionado con pena privativa de libertad de tres a cinco años. En esta causa, Bryan José R. se acogió al procedimiento abreviado, establecido en el artículo 635 del mismo cuerpo legal, lo que reduce en un tercio la pena impuesta.

 

 

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