Sentencia de 10 años de cárcel por tortura

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1091-DC-2021

Sentencia de 10 años de cárcel por tortura

Loja (Loja), 30 de noviembre de 2021.- Un Tribunal de Garantías Penales dictó sentencia de diez años de prisión contra Franco A. S., tras haber analizado las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado, que demostraron la culpabilidad del procesado en el delito de tortura.

El hecho ocurrió en junio de 2020, en la parroquia Gualel de Loja.

Durante la audiencia de juicio, que se extendió del 20 al 22 de octubre, el Fiscal del caso presentó las pruebas recabadas durante la investigación, mismas que permitieron comprobar la responsabilidad del procesado en el delito.

En la resolución oral, el Tribunal también informó su decisión de ratificar el estado de inocencia de otro de los procesados, contra quien no se encontraron los elementos suficientes para dictar una condena.

Los hechos investigados por Fiscalía se produjeron el 15 de junio de 2020. Un hombre habría intentado robar en una vivienda de Gualel, pero fue sorprendido y capturado, y, en vez de informar a la Policía, lo castigaron por su cuenta. Producto del ajusticiamiento, el presunto ladrón murió.

Luego de los hechos, su cuerpo fue abandonado por el Cementerio General de Gualel, ubicado en la periferia de esa parroquia del cantón Loja.

Moradores del sector dieron aviso de la presencia del cadáver y se procedió con las primeras diligencias, que permitieron detener a los tres presuntos responsables.

El tercer procesado en esta causa se acogió al procedimiento abreviado, admitiendo su participación en la tortura, y fue sentenciado a veintisiete meses de cárcel.

Inicialmente se formularon cargos por el presunto delito de homicidio; sin embargo, debido a las características de la infracción, posteriormente se reformuló a tortura.

Información jurídica

El delito de tortura está tipificado en el artículo 151 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de siete a diez años.

 

 

 

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