Sentencia condenatoria por asesinato a machetazos en Puerto Quito

BOLETÍN DE PRENSA FGE No 1036-DC-2020

Puerto Quito (Pichincha), 13 de noviembre de 2020.- Como responsable del delito de asesinato, Nilo Antonio C. fue sentenciado a veintidós años de privación de libertad. Su juzgamiento se llevó a cabo la mañana de este jueves 12 de noviembre, en el Complejo Judicial Norte, en Quito.

El fiscal del cantón Puerto Quito, Francisco Vega, contó con más de diez testigos, entre presenciales, investigadores y peritos, para reforzar su teoría del caso y alcanzar el fallo condenatorio.

Nilo Antonio C. asesinó de diez machetazos a Francisco Olmedo V., el 7 de enero de 2020. “Se demostró, con el testimonio pericial, que la herida que ocasionó la muerte fue proporcionada mientras la víctima estaba de espaldas”, manifestó el Fiscal del caso.

De este asesinato fue testigo una joven, que en su testimonio anticipado reconoció al agresor ya que –una vez consumado el delito– la persiguió por una plantación de maracuyá, de la cual pudo escapar ilesa.

Sin poder encontrarla, Nilo Antonio C. se metió por la fuerza en una casa del sector. Amenazó a sus habitantes para que le dieran ropa limpia y agua para beber. Esa noche pernoctó en el lugar y en la mañana ya no quiso irse.

Lograron llamar a la Policía, que –después de una extensa negociación– consiguió que el ya sentenciado saliera de allí y fue aprehenderlo. “No nos quedó más que ceder, estábamos aterrados”, dijo uno de los habitantes de ese domicilio durante el juicio.

El móvil del asesinato, según la teoría del caso de Fiscalía, fue recuperar un terreno que el padre del procesado le vendió a la víctima, pero no se descarta también que Nilo Antonio buscó venganza porque su exnovia, la mujer que presencio el asesinato, era la pareja de Francisco O.

El Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, en su fallo condenatorio, también le impuso el pago de 20.000 dólares como reparación integral a la familia de la víctima y una multa de 800 salarios básicos unificados para la administración de justicia.

Este caso se investigó, procesó y sentenció, con base en el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años a la persona que dé muerte a otra, colocándola en situación de indefensión o aprovechándose de la situación (numeral 2).

 

 

 

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