Caso ‘La Primavera’ con sentencia condenatoria

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 047-DC-2018

Caso La Primavera con sentencia condenatoria

Quito, 09 de febrero de 2018.- Una sentencia que impone prisión para tres procesados, ordena el pago de una multa, dictamina una reparación integral y sanciona penalmente a una casa de salud como persona jurídica, es el resultado del trabajo de investigación realizado por la Fiscalía Provincial de Pichincha en el caso conocido como “La Primavera”.

María Belén Corredores, fiscal especializada en Delincuencia Organizada, Transnacional e Internacional (Fedoti) logró que los tres procesados recibieran condena por los delitos de asociación ilícita, ejercicio ilegal de la profesión, engaño al consumidor y expendio de medicina caducada, en concurso real de infracciones.

El Tribunal dispuso que Diego A. Y Guillermo T. sean privados de su libertad por 8 años, a más de 6 meses de inhabilitación profesional y multa de 40 salarios básicos unificados (SBU). Para Liliana R., esposa de Diego A. y representante legal de la clínica, la condena será 9 años y 4 meses de prisión y el pago de una multa de 40 SBU. La Clínica ‘La Primavera’, como persona jurídica, deberá cancelar una multa de 50 SBU.

Como reparación integral, el Tribunal ordenó el pedido de disculpas públicas a las víctimas, que la sentencia condenatoria se publique en los medios de comunicación social y que el fallo se envíe al Ministerio de Salud Pública.

La judicialización de estos hechos superó obstáculos jurídicos, como una declaración de nulidad dictada por el Tribunal de Garantías Penales, decisión que fue superada en segunda instancia. De esta manera la audiencia de juicio continuó su curso y la tarde de este 9 de febrero, el Tribunal de Garantías Penales conformado por los magistrados Fabricio Carrasco, Luis Manosalvas y Sara Costales, emitió su sentencia.

Así, la teoría de la Fiscalía fue irrefutable: Los tres ciudadanos atendieron partos, cesáreas, preeclamsias, embarazos gemelares, entre otros procedimientos hospitalarios, sin poseer el título universitario que acredite su especialidad médica. Diego A. ejerció como cirujano obstetra, pero su título es de médico general; Guillermo T., atendió a los recién nacidos como pediatra, pero se graduó de médico general; y, Liliana R. ejercía como enfermera instrumentista, sin embargo es bachiller.

La Clínica no contaba con termocunas, salas y zona de emergencia, convenios con hospitales para derivar pacientes y servicios de ambulancia ofertados en sus mensajes publicitarios de partos humanizados. En cuanto al servicio de farmacia, en sus perchas se encontró medicina caducada.

 

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