Se vinculó a dos personas al proceso por lavado de activos en el que es investigado el exministro Iván E.
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 151-DC-2018
Guayaquil, 29 de junio de 2018.- Johana V. y Juan B. fueron vinculados a la instrucción fiscal que se sigue por el delito de lavado de activos, en el que está procesado el exministro de Inclusión Económica y Social Iván E., detenido la madrugada del pasado 7 de abril en Guayaquil.
En la audiencia de vinculación realizada esta tarde, Ivonne Proaño, agente fiscal de la Unidad Antilavado de Activos de la Fiscalía General del Estado, presentó ante la jueza de Garantías Penales Paola Dávila, los elementos de convicción en contra de Johana V., esposa del procesado Walter A. (exasesor de Iván E.). Esta ciudadana habría autorizado que se deposite dinero a una cuenta de una empresa inmobiliaria para pagar un inmueble de propiedad del exsecretario de Estado.
Mientras que Juan B. como accionista de la compañía de Servicios Médicos Nacionales Smn S.A. , no habría pagado la totalidad de las acciones que compró a Iván E. En la Superintendencia de Compañías consta como dueño de 160 acciones, es decir el 20% de la empresa. Esta clínica fue un proyecto en el cual, según las versiones rendidas por los cinco accionistas, cada uno aportó aproximadamente USD. 100 000
A ambos procesados se les impuso como medidas sustitutivas presentarse todos los viernes ante la autoridad de la Unidad Judicial de Samborondón, la prohibición de ausentarse del país y se les colocó el brazalete de vigilancia electrónica. Además, se les prohibió enajenar sus bienes y la retención de las cuentas que posean en el sistema financiero nacional y en el paquete accionario de la compañía Servicios Médicos Nacionales Smn S.A.
Actualmente, Iván E., guarda prisión preventiva y es también procesado por el delito de peculado al detectarse un presunto perjuicio millonario en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), cuando fue director provincial entre 2013 y 2014.
Datos:
- La instrucción fiscal de este caso se amplía por 30 días.
- El delito de lavado de activos está tipificado en el artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal y es sancionado con una pena privativa de libertad de hasta 13 años.
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