Se ratificó prisión preventiva para ciudadano procesado en caso ‘Impacto Inicial’


El fiscal Diego Correa sustentó el caso en la Corte Provincial de Pichincha.

Quito, 28 de enero del 2016.- Fiscalía sustentó que Juan P., habría tramitado licencias de conducir de forma irregular, por ello los jueces de la Corte Provincial de Pichincha le ratificaron la prisión preventiva. Este ciudadano es uno de los diez procesados en el caso ‘Impacto Inicial’.

La audiencia de apelación a la prisión preventiva se realizó en la Corte Provincial de Pichincha. El fiscal Diego Correa manifestó que  Juan P., funcionario de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) y nueve personas más se habrían asociado con la finalidad de vulnerar los sistemas informáticos de la ANT y de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Senescyt).

Los procesados en este caso fueron detenidos  la madrugada del 08 de enero del 2016, durante la ejecución del operativo ‘Impacto Inicial’ liderado por la Fiscalía.  Se incautó gran cantidad de documentación, certificados de depósitos y vehículos, evidencias que sirven de sustento para esta investigación.

Según la Fiscalía, las investigaciones iniciadas en octubre del 2015 determinaron que estas personas habrían hackeado cuentas de instituciones financieras y vulnerado el sistema de instituciones públicas para falsificar títulos profesionales y tramitar licencias de conducir irregulares.

El fiscal explicó que se presume que los procesados cobraban entre 5 000 y 10 000 dólares por insertar en el sistema títulos de tercer y cuarto nivel de forma ilícita,  por lo que existirían alrededor de 366 títulos sin registros legales.

Además, se dedicaban a tramitar licencias de conducir en la Agencia Nacional de Tránsito. Por este trámite solicitaban entre 1 500 y 3 000 dólares y al parecer habrían entregado más de 600.

La instrucción fiscal durará 90 días, contados a partir del pasado 9 de enero, fecha en que se realizó la audiencia de formulación de cargos.

La asociación ilícita está tipificada en el Art. 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionada con una pena privativa de libertad de 3 a 5 años.