Se ratifica sentencia por lavado de activos

Los jueces de la Sala Temporal Especializada de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, negaron el recurso de casación planteado por tres ciudadanas colombianas, que fueron condenadas a seis años de reclusión por el delito de lavado de activos.
 
La diligencia se realizó el 24 de octubre del 2013 y las procesadas María Cuenca Trujillo, Luz Díaz Larrea y Mercedes González Utria; ingresaron al Ecuador procedentes de Europa con 180.000 euros escondidos en sus partes íntimas.
 
Las detenciones se las realizó en un trabajo conjunto entre la Unidad de Lavado de Activos de la Policía Nacional, el Servicio Nacional de Aduanas y bajo la dirección de la Fiscalía General del Estado, quien recibió información por parte de las autoridades de Bélgica para alertar el ingreso de las ciudadanas.
Las procesadas arribaron el 12 de abril del 2011 en un vuelo de Iberia que cubría la ruta Bruselas-Madrid-Quito. 
 
Una vez en suelo ecuatoriano las mujeres presentaron ante las autoridades su declaración aduanera, en la cual manifestaron que no llevaban dinero en efectivo, en una cantidad mayor a $ 10.000 o su equivalente a moneda extranjera.
 
Sin embargo debido al nerviosismo que presentaban, se procedió a realizar los respectivos chequeos y se descubrió la exagerada suma de dinero que tenían y no pudieron justificar su procedencia. 
Durante las investigaciones las procesadas, quienes estarían vinculadas a redes delictivas internacionales, no justificaron el origen lícito del dinero ni tampoco las actividades que mencionaron realizar en Europa.
 
En la audiencia de juzgamiento las mujeres contaron una historia que fue calificada en su momento, por los jueces de primera instancia, como inverosímil, totalmente forzada y tendientes a engañar a los administradores de justicia.
 
En la diligencia la defensa de las procesadas no fundamentó su recurso de casación, pretendiendo cuestionar la debida aplicación jurídica de las normas y pruebas por parte de los jueces del Tribunal Noveno de Garantías Penales de Pichincha y la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia, que tenían pleno conocimiento del caso e impusieron la sentencia antes señalada.
El dinero que llevaban las ciudadanas colombianas fue decomisado.