Se ratifica sentencia por abuso sexual en transporte público

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 095-DC-2024

Imagen de boletín: Se ratifica sentencia por abuso sexual en transporte público

Cuenca (Azuay), 23 de enero de 2024.- En segunda instancia, la sentencia de seis años y ocho meses de privación de libertad impuesta a Segundo Carlos Q. por abuso sexual, cometido en un bus de transporte público, fue ratificada.

Los jueces de la Sala de Garantías Penales de Azuay desecharon el recurso de apelación interpuesto por el sentenciado, tras haber analizado los argumentos expuestos por la Fiscal del caso, quien –durante la audiencia– enumeró las pruebas que demostraron la responsabilidad de Segundo Carlos Q., por lo que solicitó se ratifique su culpabilidad.

La noche del 5 de septiembre de 2022, una mujer, de 35 años, abordó un bus en el sector del Mercado 9 de Octubre, en Cuenca, para trasladarse a su domicilio en Mayancela.

Enseguida se subió Segundo Carlos Q. y mientras el bus continuaba su recorrido, perpetró movimientos de naturaleza sexual detrás de la víctima, tocándola en reiteradas ocasiones.

La víctima reaccionó propinándole al agresor un golpe en el rostro, solicitó auxilio y le pidió al chofer que no lo deje bajar.
Agentes de Policía receptaron el llamado de auxilio y acudieron hasta el sector de Mayancela, donde el conductor detuvo la marcha del bus para que el sospechoso fuera capturado.

Fiscalía demostró la responsabilidad del sentenciado con los testimonios de la víctima, de los policías que acudieron al llamado de auxilio y que efectuaron el reconocimiento del lugar de los hechos, del conductor del bus y de los peritos que practicaron las valoraciones de entorno social y psicológica a la víctima.

Información jurídica

El Código Orgánico Integral Penal (COIP), en su artículo 170, inciso 1, tipifica al delito de abuso sexual como un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal. Cuando la víctima es mayor de 14 años es sancionado con privación de libertad de tres a cinco años. En este caso se aplicaron las circunstancias agravantes de la infracción.

 

 

 

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