Se ratifica sentencia impuesta a privada de libertad por ingreso de artículos prohibidos a centro de detención

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 263-DC-2024

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Riobamba (Chimborazo), 27 de febrero de 2024.- La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo –con voto de mayoría– rechazó el recurso de apelación interpuesto por Martha Cecilia M. Ch. y le ratificó la sentencia de dos años de prisión por el delito de ingreso de artículos prohibidos a un centro de privación de la libertad.

Ante los jueces, el Fiscal del caso citó las pruebas que demostraron la responsabilidad de la procesada, sobre la base de las cuales, la Jueza de primera instancia basó su sentencia, anunciada al finalizar la audiencia de juicio –por procedimiento abreviado–, en noviembre de 2023.

Entre las pruebas constaron: las versiones de los guías del centro penitenciario, el parte informativo y de aprehensión, la cadena de custodia de los indicios encontrados y el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de levantamiento de evidencias.

De acuerdo a los hechos probados por Fiscalía, el 3 de octubre de 2023, Martha Cecilia M. Ch. fue sorprendida durante una requisa en el Centro de Privación de Libertad Femenino de Chimborazo, portando un teléfono celular dentro de la celda No.3, en la que se encontraba cumpliendo prisión preventiva por presunto tráfico de sustancias sujetas a fiscalización.

Con base en lo expuesto, los jueces de la Sala Penal resolvieron desechar el recurso de apelación a la sentencia y ratificaron el fallo en todas sus partes. Martha Cecilia M. Ch., además de cumplir su condena, deberá pagar una multa de 1.000 dólares.

Información jurídica

Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 275, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de ingreso de artículos prohibidos a un centro penitenciario con pena privativa de libertad de uno a tres años. Sin embargo, en este caso se aplicó el procedimiento abreviado, lo que permitió la reducción de la pena.

 

 

 

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