Se ratifica sentencia de 5 años de prisión por muerte culposa
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1138-DC-2023
Guano (Chimborazo), 26 de octubre de 2023.- Tribunal de la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo ratificó la sentencia condenatoria de cinco años de prisión contra Edison Fernando M. Q., responsable del accidente de tránsito registrado en la vía Riobamba-Penipe, en el que falleció una persona que se transportaba en una motocicleta.
Durante la audiencia de apelación, el agente fiscal Multicompetente del cantón Guano enumeró –ante los magistrados– las pruebas que demostraron la responsabilidad del procesado, sobre la base de las cuales, el Tribunal de primera instancia basó su sentencia, anunciada al finalizar la audiencia de juicio, el 25 de abril de 2023.
Entre las pruebas consta el informe de reconocimiento de lugar de los hechos, el parte policial del accidente de tránsito, testimonios de personas que presenciaron el hecho, el acta de levantamiento del cadáver, el informe de autopsia, el informe de reconocimiento técnico mecánico y avalúo de daños materiales, entre otras.
De acuerdo a los hechos probados por Fiscalía, el 15 de noviembre de 2019, alrededor de las 14:00, en el sector el “Socorro” en Guano, Edison Fernando M. conducía un vehículo que irrespetó las leyes y reglamento de tránsito al no detenerse en una señal de Pare. Producto del hecho impactó a un motociclista, quien falleció producto de las heridas.
Luego de escuchar a los sujetos procesales, los jueces de la Corte Provincial resolvieron desechar el recurso de apelación a la sentencia y ratificaron el fallo en todas sus partes. Edison Fernando M. Q., a más de cumplir su condena, deberá pagar 20.000 dólares de reparación a favor de los familiares de la víctima y una multa de diez salarios básicos unificados.
Información jurídica
Fiscalía procesó al acusado con base en el artículo 377, numeral 5, del Código Orgánico Integral Penal, que contempla una pena privativa de libertad de uno a tres años y la suspensión de la licencia de conducir por seis meses, una vez cumplida la condena.
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