Se ratifica sentencia de 22 años de prisión por violación a sobrina
BOLETÍN DE PRENSA FGE No 1186-DC-2020
Cuenca (Azuay), 21 de diciembre de 2020.- La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay aceptó el pedido de Fiscalía y ratificó la sentencia de veintidós años de privación de libertad contra Carlos Aníbal C., autor de la violación a su sobrina.
En la sentencia, emitida por escrito el 17 de diciembre, se ordena al sentenciado pagar 5.000 dólares como reparación integral a la víctima.
Según el fiscal Fernando Sánchez, la víctima de 14 años había viajado de Quito a Cuenca junto a su tío, de 22 años, y otros familiares para pasar las festividades de Carnaval. La noche del 11 de febrero de 2018, se encontraban viendo películas en la sala de un domicilio, lugar que fue adecuado para que puedan dormir varios familiares, la víctima y el ahora sentenciado.
Cuando las otras personas se quedaron dormidas, Carlos Aníbal C. agredió sexualmente a su sobrina, quien entró en pánico y no pudo reaccionar ante el hecho.
La investigación reveló que el sentenciado abusaba sexualmente de su sobrina (tocaba sus partes íntimas) desde que ella era niña, motivo por el que la víctima vivía atemorizada e intimidada por su tío. Tampoco contaba lo sucedido a sus familiares por miedo a que les suceda lo mismo a sus hermanas.
Días después, la víctima les comunicó del hecho a sus familiares, quienes la llevaron hasta un centro de salud de Quito y luego a Fiscalía, donde pusieron la denuncia y un médico legista de la Institución le practicó el examen médico-legal. La pericia concluyó la existencia de lesiones producto de una agresión sexual.
Fiscalía demostró el cometimiento del delito y la participación de Carlos Aníbal C., con el testimonio de la víctima, de su papá y de un amigo a quien le contó el hecho.
Además, los testimonios del médico legista y de la psicóloga que valoró a la adolescente, en cuyo informe concluyó que presentaba estrés postraumático relacionado con la agresión sexual.
Dato jurídico
Carlos Aníbal C. fue sentenciado según el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de violación con privación de libertad de diecinueve a veintidós años.
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