Se ratifica sentencia condenatoria por tráfico de drogas en mediana escala
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 091-DC-2024
Riobamba (Chimborazo), 22 de enero de 2024.- La sentencia condenatoria contra Mario Fabián T. A. fue ratificada por la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo.
Fiscalía demostró –también en segunda instancia– que el procesado es autor directo de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en mediana escala, por lo que deberá cumplir veinticuatro meses de prisión. También se confirmó el pago de una multa de tres salarios básicos unificados.
Mediante información reservada, agentes de Policía conocieron que en el sector Santa Anita, en el norte de Riobamba, un inmueble estaba siendo usado para la distribución de sustancias sujetas a fiscalización.
Por esa razón –y luego de aplicar técnicas especializadas de investigación (seguimientos y vigilancias)– se determinó que el ahora sentenciado se dedicaba al acopio de drogas y a su comercialización en varios sectores de la ciudad.
Durante el allanamiento ejecutado la mañana del 23 de agosto de 2023, Mario Fabián T. A. fue aprehendido. En el lugar se hallaron dos fundas plásticas que contenían una sustancia verdosa que, luego del peritaje correspondiente, dio positivo para marihuana con un peso neto de 125 gramos. También se halló una balanza, dinero en efectivo y otras evidencias.
En el desarrollo de la audiencia de apelación, la Fiscal del caso señaló que –en su momento– se presentaron las pruebas que demostraron la materialidad de la infracción y la culpabilidad de Mario Fabián T. A., y que las mismas fueron valoradas por el Tribunal de primera instancia que dictó la sentencia correspondiente en septiembre de 2023.
Entre estas se incluyeron: la autorización judicial para seguimiento y vigilancia, el informe policial investigativo, el informe de verificación, pesaje y análisis químico de la sustancia incautada, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de levantamiento de evidencias y el parte policial de la aprehensión.
Con lo expuesto, Fiscalía solicitó a la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo que la condena de primera instancia sea ratificada en todas sus partes, lo que fue aceptado por los magistrados.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso por tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, delito tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal b, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que se sanciona con pena privativa de libertad de tres a cinco años. Sin embargo, en este caso se aplicó el procedimiento abreviado, lo que permitió la reducción de la pena.
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