Se ratifica pena agravada de 29 años de prisión para dos procesados por violación
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 181-DC-2021
Pedro Vicente Maldonado (Pichincha), 24 de febrero de 2021.- La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha –en segunda instancia– ratificó la pena agravada de veintinueve años y cuatro meses de privación de libertad para Luis Genaro B. V. y David Darío D. D., ambos de 20 años, como autores del delito de violación.
En audiencia de apelación a la sentencia, desarrollada la tarde del 19 de febrero de 2021, también se corroboraron la prohibición de enajenar bienes, el pago de una multa de 80.000 dólares y una reparación integral de 5.000 dólares a la víctima, una adolescente de 15 años, al momento del ilícito.
Ante la Sala Penal, el fiscal multicompetente de Pedro Vicente Maldonado, Hugo Pérez Novoa, demostró –también en segunda instancia– la culpabilidad de los procesados, al enumerar las pruebas que presentó durante la audiencia de juzgamiento, en junio de 2020.
Estas son: la reproducción del testimonio anticipado de la víctima, el informe médico-legal, videos de cámaras de vigilancia, reconocimiento fotográfico de la víctima, informe de pericia balística, testimonios de los agentes investigadores, informes psicológicos, entre otros.
Los hechos
Los ya sentenciados cometieron el delito la noche el 29 de julio del 2019. Horas antes del hecho, mientras la víctima caminaba con un amigo por el parque de Pedro Vicente Maldonado, Luis Genaro B. V. se acercó a la adolescente para pedirle el celular. Ella respondió que no tenía y el hombre disparó al piso.
Apuntándole al cuello, se llevó a la víctima a un estero oscuro, bajo un puente. Después llegó David Darío D. D. En aquel lugar, empezaron a discutir por supuestas deudas y a amenazarse de muerte. Al concluir la pelea, los agresores perpetraron el delito.
Ante la alerta del amigo que pudo escapar, la Policía y la familia de la víctima iniciaron una búsqueda. La encontraron al amanecer del día siguiente, en compañía de Luis Genaro B. V.
Tras la aprehensión del este último, la adolescente indicó a la Policía el lugar (entre unos matorrales) donde Luis Genaro B. V. escondió el arma de fuego.
Dato jurídico
El caso fue sentenciado –y ratificado en segunda instancia– según el artículo 171, inciso primero, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), más la circunstancia agravante número cinco del artículo 47: “cometer la infracción entre dos o más personas”.
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