Sala Penal ratifica sentencia para responsable de abuso sexual

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 062-DC-2024

Imagen de boletín: Sala Penal ratifica sentencia para responsable de abuso sexual

Cuenca (Azuay), 15 de enero de 2024.- Los jueces de la Sala de Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay acogieron los argumentos expuestos por Fiscalía –también en segunda instancia– y ratificaron la sentencia de cinco años de privación de libertad para Luis Guillermo P., como autor del delito de abuso sexual perpetrado contra su cuñada.

Como medida de reparación integral a la víctima, el sentenciado debe cancelar 1.000 dólares.

En esta diligencia, la representante de Fiscalía enumeró los elementos probatorios expuestos en la audiencia de juicio, los cuales demostraron la responsabilidad del sentenciado, por lo que solicitó que se confirme su culpabilidad.

Los hechos ocurrieron la noche del 16 de noviembre de 2022 en un domicilio ubicado en Narancay Alto, en Cuenca, donde la víctima vivía con su hermana –esposa Luis Guillermo P.–, luego de que su mamá falleciera.

La joven, de 18 años, se encontraba en la cocina de la vivienda cuando su cuñado se le acercó y tocó sus partes íntimas. Ella reaccionó y le reclamó, pero él se rió y caminó hacia otra habitación.

Más tarde, su hermana llegó del trabajo y la joven le contó que Luis Guillermo P. la agredió sexualmente. Sin embargo, delante de ellas, el ahora sentenciado negó todo.

La víctima temía por su seguridad, debido a que seis meses antes su cuñado había efectuado actos similares, por lo que decidió llamar a la Policía, cuyos agentes acudieron a la vivienda y lo detuvieron.

Estos hechos fueron demostrados por Fiscalía con: el testimonio anticipado de la víctima, los testimonios de familiares, de los agentes que acudieron al llamado de auxilio y procedieron con el reconocimiento del lugar de los hechos, y de los peritos a cargo de las valoraciones de entorno social y psicológica a la víctima.

Información jurídica

El Código Orgánico Integral Penal (COIP), en el artículo 170, inciso1, tipifica al delito de abuso sexual como un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal. Cuando la víctima es mayor de 14 años es sancionado con privación de libertad de tres a cinco años.

 

 

 

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