Sala Penal ratifica sentencia de 5 años para responsable de estafa

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1198-DC-2023

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Riobamba (Chimborazo), 10 de noviembre de 2023.- La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa de Hervin T. P. y ratificó la sentencia condenatoria de cinco años de prisión, como autor directo en el delito de estafa.

En la audiencia de apelación, los jueces rechazaron los argumentos presentados por la defensa del sentenciado y manifestaron estar de acuerdo con la sentencia condenatoria dispuesta por el Tribunal de primera instancia, en la audiencia efectuada en septiembre de 2023.

La Corte Provincial de Justicia consideró que las pruebas presentadas por el Fiscal del caso demostraron la responsabilidad penal del procesado, a través de los informes investigativos elaborados por la Policía Judicial, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, entre otras pruebas.

Fiscalía –nuevamente– demostró que el ahora sentenciado, con engaños, hizo que Víctor Ll. le entregara 4.000 dólares, bajo la promesa del pago de interés.

Hervin T. P. aparentaba ser representante legal de la empresa caja solidaria “Sumak-Kury“ y el 22 de abril de 2019 suscribió un certificado de inversión con la víctima, en el que se acordó el pago del 4% de interés durante seis meses, por los 4.000 dólares que invirtió.

Al pasar los días y ya vencida la fecha del pago de su capital más los interés acordados, el perjudicado hizo un reclamo por la demora. El hoy sentenciado respondió que, por la pandemia de Covid-19, había un retraso y se comprometió a devolver los valores entregados el siguiente mes, pero luego dejó de responder sus llamadas y mensajes.

Tras escuchar a los sujetos procesales, los jueces de la Corte Provincial resolvieron desechar el recurso de apelación a la sentencia y ratificaron el fallo en todas sus partes. Hervin T. P., a más de cumplir su condena, deberá pagar 5.000 dólares como reparación integral a la víctima y una multa de doce salarios básicos unificados.

Información jurídica

El delito de estafa está tipificado en el artículo 186 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con privación de libertad de cinco a siete años.

 

 

 

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