Sala Penal acepta apelación de Fiscalía y dispone continuar con audiencia preparatoria de juicio contra 6 procesados por la muerte de Valentina C.

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 259-DC-2022

Sala Penal acepta apelación de Fiscalía y dispone continuar con audiencia preparatoria de juicio contra 6 procesados por la muerte de Valentina C.

Quito (Pichincha), 13 de abril de 2022.- Con base en lo expuesto por la fiscal especializada en Violencia de Género, Mayra Soria, la Sala Penal de la Corte Provincial de Pichincha aceptó el recurso de apelación interpuesto por Fiscalía a la prescripción de la causa contra cinco de los seis procesados por el delito de homicidio culposo, por la muerte de la niña Valentina C., ocurrida en 2016.

Además, se dispuso que la audiencia preparatoria de juicio continúe su curso normal para Carlos Patricio D. P., rector y propietario del colegio Global del Ecuador, al tiempo de los hechos; y, las docentes Daiana Paulina M. R., Gloria Lucía Ch. F., Katherine Isabel J. M., Karen Gabriela C. P. y Bielca Stefanía P.

Ante la resolución de prescripción emitida de forma verbal por el juez Máximo Ortega, el 9 de diciembre de 2021, en la que –a criterio del Magistrado– el inicio de la acción judicial contra los presuntos responsables estaba a destiempo, debido a que se habrían cumplido los cinco años desde que el caso inicio su investigación, Fiscalía argumentó que, en este tiempo, la investigación se enfocó en el análisis del deber objetivo de cuidado y que se ha aplicado la debida diligencia riguroso, agotando todos los escenarios posibles; buscando, analizando, recabando y profundizando nuevos elementos para esclarecer los hechos.

Además, que ninguno de los procesados negó que el 10 de junio de 2021 se dio inicio al proceso penal. Por lo que la causa no debía prescribir, según lo establece el artículo 417, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

El Tribunal de la Corte Provincial de Pichincha, conformado por los jueces Anacélida Burbano, Ricardo Vaca y Dilza Muñoz, negó los recursos interpuestos por la defensa de los procesados, pues consideró que la actuación de Fiscalía no violentó ningún derecho constitucional que afecte el debido proceso.

Contexto

Según las investigaciones, la mañana del 24 de junio de 2016, la niña Valentina C. (11 años) fue encontrada sin signos vitales en el piso de los juegos infantiles. Las profesoras del colegio “Global del Ecuador” fueron alertadas por un alumno, quien se percató de que la menor no se despertaba ni se movía.

El día anterior, aproximadamente a las 15:15, las docentes vieron con vida a Valentina C.: la niña jugaba en la resbaladera mientras esperaba la llegada de su madre.

Las maestras se fueron del plantel educativo sin haber verificado si la niña iba a ser retirada por sus padres, tampoco informaron a las autoridades de la permanencia de Valentina en la institución, a pesar de que contaban con los números de contacto y compartían chats de WhatsApp.

Los informes de dos autopsias practicadas al cuerpo de la niña determinaron que la razón de la muerte fue asfixia por ahorcamiento. Es decir, muerte violenta.

Información jurídica

Este caso se procesa por homicidio culposo, por infringir el deber objetivo de cuidado, con base en el artículo 145, inciso primero, del COIP, en concordancia con en el artículo 27 del mismo cuerpo legal.

En este caso, el deber objetivo de cuidado consiste en la atención especial que los profesionales deben tener para no incrementar el riesgo con acciones innecesarias, ilegitimas y peligrosas. Por ello, deben cumplir protocolos y reglamentos y disposiciones, en este caso, de seguridad escolar.

 

 

 

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