Sala acoge pedido de Fiscalía y sentencia a 5 procesados por delito aduanero


Sala especializada revoca sentencia absolutoria contra procesados por delito tributario, en Esmeraldas.

Esmeraldas, 17 de agosto del 2015.- La Sala Única Multicompetente de Esmeraldas declaró a lugar el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía de Esmeraldas y revocó la sentencia absolutoria venida de parte del Tribunal Distrital Fiscal de Portoviejo, contra 5 procesados por el delito aduanero suscitado el 2 de diciembre del 2009.

La Sala conformada por  Pablo Guerrero Valencia, Fernando Otoya Delgado y Mariana Verduga Alvarez, consideró que el Tribunal juzgador en primera instancia, no realizó un correcto análisis de las pruebas aportadas en el proceso, y por mayoría de votos, con excepción de la jueza Verduga, revocó la sentencia impugnada y dictó sentencia condenatoria contra los procesados.

El fiscal provincial de Esmeraldas, Diego Pérez y el Director del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae), Nelson Yépez, en audiencia oral, pública y contradictoria, realizada el 15 de junio de 2015, se pronunciaron sobre los fundamentos y motivos de la impugnación.

La Sala declaró culpables en el grado de autores del delito aduanero, tipificado en el artículo 83 de la Ley Orgánica de Aduanas, a Roberto Ch., Michael L., Richard C. y Milton G., condenándolos a 4 años de pena privativa de libertad.

A Gregorio T., se le impuso la condena de 5 años  de pena privativa de libertad, de acuerdo al artículo 85 de la Ley Orgánica de Aduanas.

De igual manera, se les estableció una multa de $100.000,00 dólares de los Estados Unidos, que deberán cancelar los procesados de manera solidaria, por los potenciales tributos que debieron rendirse al Estado ecuatoriano.

La Fiscalía de Esmeraldas y la entonces Corporación Aduanera Ecuatoriana, ahora Senae, el 2 de diciembre del 2009, iniciaron una indagación al descubrir dentro de una embarcación que ingresó al Puerto Internacional de Esmeraldas, un cargamento importante de whisky, perfumes, ropa y bisutería; que venía dentro de un contenedor que transportaba, supuestamente tubos de acero.

Las investigaciones determinaron que existió un delito aduanero, al detectarse documentos de importación, declaraciones aduaneras y documentos de embarque fraudulentos.

Dato:

El artículo 178 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e inversión expresa: “Será sancionado con prisión de 2 a 5 años y multa de hasta 10 veces el valor de los tributos. Sobre mercancías cuya cuantía sea superior a 150 salarios básicos unificados del trabajador en general y siempre que estas, deban satisfacer al comercio exterior a través de los siguientes actos: a) Importe o exporte mercancías con documentos falsos o adulterados para cambiar el valor, calidad, cantidad, peso, especie, antigüedad, origen u otras características como marcas códigos, series, modelos…”.