Ratificada sentencia de 3 años de prisión para autor de perjurio

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 069-DC-2021

Ratificada sentencia de 3 años de prisión para autor de perjurio

Cuenca (Azuay), 21 de enero de 2021.- La Sala de la Corte Provincial de Justicia del Azuay rechazó el recurso de apelación interpuesto por Isaac Santiago L. y ratificó la sentencia de tres años de privación de libertad impuesta en su contra, por el delito de perjurio y falso testimonio.

En audiencia de apelación, desarrollada el miércoles 20 de enero, los jueces también confirmaron el pago de 3.000 dólares como reparación integral a las víctimas indirectas.

En su intervención, la fiscal Elizabeth Valarezo señaló -ante los jueces- que, respecto del cometimiento del delito y la responsabilidad del sentenciado, Fiscalía demostró con pruebas testimoniales, documentales y periciales, durante la etapa de juicio.

La investigación determinó que Isaac Santiago L. acudió el 20 de mayo de 2016 a rendir una confesión judicial, ante el Juzgado Civil de Gualaceo y, a pesar de que fue advertido de que faltar a la verdad le haría incurrir en el delito de perjurio -al responder un pliego de preguntas- mintió al decir que desconoce sobre la existencia de una compañía y se ratificó en que desconoce si la misma existe en el sistema societario ecuatoriano.

Sin embargo, Fiscalía demostró que Isaac Santiago L., sí tenía conocimiento sobre ello, debido a que él adjuntó a una demanda por un juico ejecutivo, el RUC y las acciones que tiene una persona en esta compañía.

La acusación en contra del sentenciado se sustentó con el testimonio de un agente de la Policía Judicial, quien realizó el reconocimiento del lugar de los hechos en las oficinas del Juzgado y a las instalaciones de la compañía situada en el cantón Playas, provincia de Guayas.

Además, con los testimonios del ciudadano demandado en el juicio ejecutivo y de su esposa, quienes son las víctimas indirectas.

Entre la prueba documental se presentó las copias certificadas del juicio ejecutivo, con el CD que contiene el audio de la confesión judicial y un oficio de fecha diciembre de 2017, en el que el Juez remite documentación a Fiscalía, para que se investigue un delito de perjurio.

Dato jurídico

El artículo 270 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), tipifica al delito de perjurio y falso testimonio a la persona que, al declarar, confesar, informar o traducir ante o a autoridad competente, falte a la verdad bajo juramento, cometa perjurio, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años; cuando lo hace sin juramento, cometa falso testimonio; la que será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

 

 

 

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