Procesados son llamados a juicio por presunta trata de personas con fines de explotación laboral, trabajo infantil y mendicidad.

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 145-DC-2022

Procesados son llamados a juicio por presunta trata de personas con fines de explotación laboral, trabajo infantil y mendicidad.

Quito (Pichincha).- 22 de febrero de 2022.- Tras haber valorado los elementos de convicción presentados por Fiscalía, Jueza de Garantías Penales dictó auto de llamamiento a juicio para Ángel G., Luis B., Juan B., Mario T., Juan T., Nelly G., Evelyn U. e Isabel S., como presuntos responsables del delito de trata de personas con fines de explotación laboral, trabajo infantil y mendicidad.

La Magistrada también ratificó la medida cautelar de prisión preventiva para los ocho procesados y medidas de protección a favor de las víctimas.

En la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, desarrollada la tarde del lunes 21 de febrero, la fiscal María Susana Rodríguez –en su dictamen acusatorio– señaló que los procesados obligaban a niños y niñas (de diferentes edades) a trabajar y mendigar hasta horas de la madrugada en el sector de la Plaza de las Américas, en el norte de Quito.

Entre los elementos de convicción recabados constan: versiones, informes investigativos y de seguimientos a los procesados, las órdenes de detención, los informes de los allanamientos, la pericia de entorno social, psicológicas y de trabajo social practicadas a los niños; pericias de identidad humana, cotejamiento de voces y rasgos de personalidad de los procesados, el acta de evidencias y el informe de reconocimiento del lugar de los hechos.

Contexto

La investigación previa de este caso se inició el 5 de abril de 2021 y, como resultado de las vigilancias y seguimientos en la zona, se determinó que este grupo operaba en la avenida América y Naciones Unidas, hasta donde los infantes eran trasladados desde el sector de La Colmena (centro-sur de Quito).

En ese lugar, los ya procesados controlaban y gestionaban que los niños cumplan con sus “labores” de venta informal y mendicidad.

Las víctimas también eran objeto de amenazas y maltratos por parte de los detenidos, cuando no generaban dinero.

Información jurídica

Este caso se procesa con base en el artículo 91, numerales 3 y 6 –en relación al artículo 92, numeral 2–, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona a quien incurra en este delito con una pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años.

 

 

 

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