Privado de la libertad es condenado por ingreso de artículos prohibidos a un centro de detención
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 654-DC-2024
Riobamba (Chimborazo), 04 de junio de 2024.- En audiencia de procedimiento abreviado, el Juez de Garantías Penales que conoció la causa acogió las pruebas presentadas por Fiscalía y emitió sentencia de doce meses de prisión para Édison Marcelo C. G., persona privada de libertad (PPL), por delito de ingreso de artículos prohibidos a un centro de detención.
El 9 de mayo de 2024, personal militar y policial ejecutó un operativo de requisa de objetos prohibidos en el Centro de Privación de Libertad (CPL) de Chimborazo. Cuando registraron a Édison Marcelo C., encontraron entre sus partes íntimas envolturas de papel con 21 gramos de marihuana, por lo que fue aprehendido en delito flagrante.
El parte informativo y de aprehensión, la versión de los agentes que participaron en el procedimiento, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de levantamiento de evidencias, entre otras, fueron las pruebas que Fiscalía presentó para demostrar la participación del hoy sentenciado en el delito imputado.
Información jurídica
Fiscalía procesó este caso, con base en el artículo 275, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el delito de ingreso de artículos prohibidos a un centro penitenciario con pena privativa de libertad de uno a tres años. Sin embargo, en este caso se aplicó el procedimiento abreviado, por lo que se redujo la pena.
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