Prisión preventiva: se presume que asesinó a su cónyuge
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 123-DC-2019
El hecho sucedió en la parroquia de Calderón, la mañana del 6 de junio. Fiscalía inició instrucción fiscal por el presunto delito de asesinato.
Quito, 07 de junio de 2019.- La Fiscalía de Pichincha inició una instrucción fiscal de treinta días en contra de Gloria Emperatriz U. A., por el delito de asesinato a Juan de Dios A. A., su cónyuge. La ciudadana está con prisión preventiva.
La madrugada de este 7 de junio de 2019 se efectuó la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos. El fiscal de Flagrancia, Cristian Camacho Ortiz, en su intervención ante el juez David Lasso, explicó las circunstancias en las que habría sucedido el hecho.
La mañana del 6 de junio, en la parroquia de Calderón, al norte de Quito, un hombre yacía muerto en el patio de su casa. Horas antes le habría dicho a su esposa que –por subir unas fotos a una red social– su reputación era dudosa, por lo que le desfiguraría la cara, vendería la casa y el vehículo para marcharse con su amante.
Luego de la pelea, cuando Juan de Dios A. A. se cepillaba los dientes, Gloria Emperatriz U. A. lo habría atacado por la espalda para golpearlo más de siete veces con la base de un azadón. La víctima murió por las heridas provocadas en todo su cuerpo.
Esta información de los hechos fue obtenida de Gloria Emperatriz U. A., por los agentes aprehensores e incluida en el parte policial que –a su vez– ingresó como noticia del delito en la Fiscalía.
El fiscal Cristian Camacho también presentó el acta del levantamiento del cadáver, el informe de autopsia, la versión del agente aprehensor y el detalle de otros indicios encontrados en la escena. Por ejemplo, el azadón que fue localizado aproximadamente a un kilómetro de la casa, donde lo habría arrojado Gloria Emperatriz U. A., según lo reveló a la Policía.
Durante la audiencia de formulación de cargos, la ciudadana procesada se acogió a su derecho constitucional al silencio.
Dato jurídico
La Fiscalía formuló cargos según el artículo 140 numeral 1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La privación de libertad prevista es de veintidós a veintiséis años para la persona que mate a su cónyuge o conviviente.
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