Prisión preventiva para tres ciudadanos por presunta trata de personas con fines de explotación sexual

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 572-DC-2021

Prisión preventiva para tres ciudadanos por presunta trata de personas con fines de explotación sexual

Quito (Pichincha), 18 de junio de 2021: En la audiencia de formulación de cargos, Fiscalía expuso los elementos de convicción de la presunta participación de tres hombres en el delito de trata de personas con fines de explotación sexual. El juez de Garantías Penales, Rafael Pérez, aceptó el pedido de prisión preventiva, para garantizar la presencia de los procesados en una eventual etapa de juicio.

Asimismo, el Magistrado concedió -a favor de las víctimas- las medidas de protección establecidas en el artículo 558, numerales 1, 2 y 3 del Código Integral Penal (COIP).

En la investigación, impulsada por María Susana Rodríguez, fiscal especializada en Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional (Fedoti) #1, se identificaron a dos presuntas víctimas, con el apoyo de la Unidad Antitrata de la Policía Nacional.

De acuerdo a lo manifestado por Fiscalía en la audiencia, una de ellas cumplió su mayoría de edad hace apenas dos meses, mientras que otra es una adolescente de 15 años.

Esta última fue rescatada, el 14 de junio de 2021, en un hostal de la ciudad de Sullana, al norte de Perú, gracias a la colaboración entre la Policía ecuatoriana y la de ese país.

Las dos habrían sido obligadas a prestar servicios sexuales en la intersección de las avenidas 10 de Agosto y 18 de Septiembre, y en el sector de la Plaza del Teatro, en el centro de Quito.

Los procesados, Marcos T. y Bryan C., fueron detenidos la noche de este 17 de junio en dos allanamientos ejecutados en el centro y sur de Quito. De manera simultánea se produjo la captura de Washington M., en Quevedo.

En los inmuebles se encontraron documentos de identidad de las afectadas e incluso un arma de fuego cargada.

La fase de instrucción fiscal de este caso tendrá un plazo de 90 días.

Información jurídica

Fiscalía formuló cargos con base en el artículo 91, numeral 2, del Código Integral Penal (COIP), que sanciona al delito de trata de personas con fines de explotación sexual con una pena privativa de la libertad de dieciséis a diecinueve años.

 

 

 

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