Prisión preventiva para procesado por presunto tráfico de drogas en alta escala

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1361-DC-2024

Imagen de boletín: Prisión preventiva para procesado por presunto tráfico de drogas en alta escala

Riobamba (Chimborazo), 16 de diciembre de 2024.- Con base en los elementos de convicción presentados por Fiscalía, el Juez de Garantías Penales que conoció la causa dictó prisión preventiva para Kevin Andrés A. P., de 25 años, por su presunta participación en el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala.

La instrucción fiscal durará treinta días.

En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, desarrollada la mañana del 13 de diciembre, Fiscalía presentó como elementos de convicción: los partes informativos y de aprehensión, las versiones de los agentes aprehensores, los informes de inspección ocular técnica y de levantamiento de indicios, y el acta de pesaje de la droga encontrada.

Kevin Andrés A. P. fue aprehendido la tarde del jueves 12 del mes en curso, durante un operativo ejecutado por la Policía Nacional para recuperar una motocicleta reportada como robada en Riobamba.

Mediante técnicas investigativas, los gendarmes ubicaron al hoy procesado en un inmueble en la avenida los Arrayanes, pues se tenía información de que estaría involucrado en el hecho delictivo.

Actuando en flagrancia, los uniformados ingresaron al domicilio del sospechoso, donde se encontraron 180 gramos de cocaína, 27 gramos de clorhidrato de cocaína y un teléfono celular, entre otros indicios, por lo que fue aprehendido en circunstancia flagrante.

Kevin Andrés A. P. tenía vigente una orden de detención por el delito de evasión. El 8 de enero de 2024, aproximadamente a las 22:30, él y otras treinta y ocho personas privadas de libertad (PPL) se fugaron del Centro de Privación de Libertad de Riobamba, por lo que también tiene pendiente un proceso por el delito de evasión.

Información jurídica

El delito de tráfico de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala, tipificado en el artículo 220, numeral 1, literal c, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), se sanciona con una pena privativa de diecinueve a veintidós años.

 

 

 

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