Prisión preventiva para procesado por presunta receptación

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1107-DC-2024

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Ambato (Tungurahua), 04 de octubre de 2024.- Fiscalía formuló cargos contra Juan Carlos M. B. por su presunta participación en el delito de receptación: fue aprehendido el 2 de octubre en Ambato, mientras conducía una camioneta que había sido reportada como robada en Guamote (Chimborazo).

En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Fiscal relató que el 29 de septiembre, Juan Carlos M. B. contrató a la víctima para que lo llevara en un viaje a Loja y que, a la altura de Guamote, el agraviado se bajó del vehículo, lo que fue aprovechado por el ahora procesado y su acompañante para atacarlo a martillazos en la cabeza. Enseguida, ataron sus extremidades y robaron la camioneta.

El hombre logró zafarse, pidió ayuda y fue trasladado a una casa de salud.

El 2 de octubre, los familiares del agraviado reconocieron el vehículo en Izamba (Ambato) y, con la intervención de agentes de la Policía, Juan Carlos M. B. fue aprehendido.

Durante la audiencia, Fiscalía presentó como elementos de convicción: las versiones de la víctima y de los agentes aprehensores, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias, la documentación que acredita la propiedad del vehículo robado, la denuncia interpuesta en Guamote (Chimborazo), entre otros.

Sobre esa base, el Juez de Garantías Penales que conoció la causa dictó prisión preventiva y dispuso una instrucción fiscal de treinta días.

En los próximos días, se formularán cargos adicionales contra Juan Carlos M. B. por el delito de robo con violencia, que es investigado por la Fiscalía Multicompetente de Guamote.

Información jurídica

El delito de receptación está tipificado en el artículo 202 del Código Orgánico Integral Penal (COIP): quien oculte, custodie, guarde, transporte, venda o transfiera bienes que son producto de hurto, robo o abigeato, será sancionado con pena privativa de libertad de seis meses a dos años.

 

 

 

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