Prisión preventiva para presunto femicida de su exconviviente

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 348-DC-2019

Prisión preventiva para presunto femicida de su exconviviente

Con suficientes elementos de convicción, Fiscalía procesó por el delito de femicidio a ciudadano que apuñaló a su exconviviente

Guayaquil, 09 de septiembre de 2019.- Con naturalidad y saludando a todos. Así habría ingresado Segundo Arcelio L. L. a la vivienda donde se hallaba su exconviviente, Jacinta T. A., de 55 años, departiendo con familiares y amigos, para luego proceder a sacar un cuchillo que llevaba escondido en la cintura y atacar violentamente a su víctima en el abdomen y en el cuello.

Tras el suceso, registrado la tarde del viernes 6 de septiembre, en la cooperativa Nueva Prosperina (noroeste de Guayaquil), la mujer murió por la gravedad de las heridas. Mientras que el agresor intentó escapar del lugar, pero los moradores del sector y la Policía se lo impidieron. Fue aprehendido.

En audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, este fin de semana, el fiscal de turno, Fernando Bonoso, presentó ante el juez de Garantías Penales, José Miguel Torres, varios elementos de convicción para solicitar la prisión preventiva del sospechoso de 57 años, que llevaba dos meses separado de su víctima.

Entre estos, la denuncia de la hija de la occisa, el parte de aprehensión que detallaba las circunstancias del crimen, cuatro versiones de amigos y familiares que se encontraban en el lugar de los hechos, el acta de levantamiento del cadáver y el formulario de cadena de custodia, en el que consta el arma blanca utilizada por el victimario.

En la diligencia, el Juez acogió la documentación y calificó la legalidad de la aprehensión de Segundo Arcelio L. L, por su presunta participación en el delito de femicidio y dictó la prisión preventiva. Dispuso, además, un plazo de treinta días para el cierre de la instrucción fiscal.

Dato jurídico

Según lo dispuesto en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), el delito de femicidio se sanciona con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años, a la persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género.

 

 

 

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