Policía es llamado a juicio por presunta extralimitación en la ejecución de un acto de servicio

Policía es llamado a juicio por presunta extralimitación en la ejecución de un acto de servicio

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 912-DC-2021

Policía es llamado a juicio por presunta extralimitación en la ejecución de un acto de servicio

Riobamba (Chimborazo), 30 de septiembre de 2021.- Acogiendo los elementos de convicción recabados por Fiscalía, Juez de Garantías Penales dictó auto de llamamiento a juicio contra Wilson Santiago O. G., como autor directo del delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio. En el hecho perdieron la vida Henry Brayan C. S., de 21 años, y Diego Fabián M. S., de 34.

Además, ratificó las medidas cautelares que pesaban en su contra, como prohibición de salir de su cantón de residencia, uso de dispositivo de vigilancia electrónica y retención de cuentas bancarias, menos en la que recibe su salario.

En la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, el Fiscal del caso anunció la totalidad de los elementos de convicción de cargo y descargo que serán reproducidos como medios probatorios en la audiencia de juicio.

Además, emitió su dictamen acusatorio en contra del hoy procesado, fundado en elementos testimoniales, periciales y documentales que probarían que la mañana del 11 de junio de 2021, en el barrio San Miguel de Tapi del cantón Riobamba, se dio la persecución ininterrumpida de dos presuntos participantes en un delito contra la propiedad: el uniformado habrían disparado más de una decena veces y los impactos de bala habrían provocado la muerte de las dos personas, por lo qué el hoy procesado fue aprehendido en flagrancia.

Durante la etapa de instrucción, Fiscalía recopiló decenas de elementos de de convicción, como los informes de autopsias, que confirman muertes violentas por hemorragias agudas causadas por proyectil de arma de fuego; versiones de personal policial que participó en el hecho y de aquellos que acudieron al lugar de los hechos, versiones de las personas que se presentaron instantes después de los hechos y de personal que prestó atención.

También los videos de seguridad del ECU 9-1-1, viviendas y locales comerciales que fueron periciados, la experticia de identidad humana, los informes de reconocimientos del lugar de los hechos y evidencias, la reconstrucción de los hechos, varias experticias balísticas, la pericia de análisis de uso progresivo de la fuerza bajo estándares internacionales, que estableció un incumplimiento con los criterios de necesidad y proporcionalidad, entre otros, que hacen presumir su autoría directa en el hecho.

Información jurídica

El delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio está tipificado en el artículo 293 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

 

 

 

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