Pena máxima para responsable del femicidio de su conviviente

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 397-DC-2022

Pena máxima para responsable del femicidio de su conviviente

 

Quevedo (Los Ríos), 31 de mayo de 2022.- Las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado permitieron a un Tribunal de Garantías Penales dictar sentencia contra Joaquín M., como autor directo del femicidio de su conviviente, registrado en el cantón Ventanas, en febrero de 2017.

Además, se dispuso el pago de una multa de 1.000 remuneraciones básicas unificadas y de 42.500 dólares como parte de la reparación integral a los familiares de la víctima.

La fiscal del caso, Ruth Naranjo, expuso ante el Tribunal que los hechos investigados se produjeron en la vivienda de la víctima y que fue su hija –que llegó desde Quito para cumplir con su derecho a sufragar– quien descubrió el cadáver. Ella se había comunicado previamente y la víctima le había indicado que se encontraba con el agresor en Guayaquil, y que regresaría a Ventanas el sábado, previo a las votaciones. Después no pudo contactarse más. El domingo, cuando arribó a la casa de su madre, halló su cuerpo sin vida, con signos de violencia. Por esa razón dio aviso a la Policía.

Luego de haber obtenido los primeros indicios, se emitió una orden de detención en contra del agresor, misma que se hizo efectiva en Manabí y posteriormente se inició un proceso penal en su contra.

Durante la audiencia de juicio, la Fiscal presentó como principales pruebas: el acta de levantamiento del cadáver y el informe de la autopsia, que determinó que la causa de la muerte fueron varias heridas en el cuerpo, causadas por un objeto contuso cortante de gran dimensión, como un machete. Además, se presentó el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de levantamiento de evidencias, entre las que se encuentran manuscritos hallados en el inmueble, en los que la víctima había descrito el maltrato del que era objeto.

Sobre estos documentos se practicó una pericia grafotécnica, cuyo resultado coincidió con una denuncia que la víctima había presentado en Fiscalía por presunta violencia de género, misma que no prosperó –según refirió la hija de la víctima en su testimonio–, debido a que el conviviente la habría amenazado con atentar contra su familia.

También se incluyeron los testimonios de familiares que confirmaron que la mujer y el victimario permanecieron juntos los dos días previos al hecho, y que estuvieron juntos en el lugar del crimen la noche anterior a que se descubriera el cadáver.

Información jurídica

El femicidio está tipificado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En este caso se aplicó la agravante del artículo 142.2, es decir: que haya existido entre sujeto activo y víctima relaciones familiares y de convivencia. Por esa razón se estableció el máximo de la pena establecida para este delito.

 

 

 

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