Pena máxima para autor del delito de asesinato

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 721-DC-2022

Pena máxima para autor del delito de asesinato

Esmeraldas (Esmeraldas), 23 de septiembre de 2022.- A treinta y cuatro años y ocho meses de pena privativa de libertad, fue sentenciado Joffre Darío J. G., como autor del asesinato de Antonio M. El Tribunal emitió este fallo, luego de analizar las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado durante la audiencia de juicio.

Los hechos investigados por la Institución se produjeron el 8 de agosto de 2020, en horas de la noche, cuando acudió personal de la Policía Nacional hasta el barrio 12 de Octubre –por alerta del ECU 911– a verificar la presencia de un cadáver sobre la calzada. Ese hecho fue informado a la Fiscalía, quien acudió al lugar para iniciar las diligencias correspondientes.

No obstante, familiares del fallecido impidieron que se cumpla con el protocolo de levantamiento del cadáver y se lo llevaron por sus propios medios. En la entrevista inicial y en el testimonio rendido en audiencia, el padre de la víctima indicó que su hijo salió a encontrarse con unos amigos en el Malecón de la ciudad, pero que al poco tiempo fue alertado del crimen.

Posteriormente, la investigación determinó que el autor, ahora sentenciado, quien se movilizaba en una motocicleta, cometió el delito utilizando un arma de fuego.

El fiscal del caso, Cristhian Rivadeneira Medina, presentó ante el Tribunal el testimonio del médico legalista que realizó la exhumación del cadáver, del perito que hizo el levantamiento de indicios balísticos en el sitio y de quien efectuó el reconocimiento del lugar de los hechos, entre otros.

Al finalizar la audiencia de juicio, los magistrados Walter Patricio Caicedo (ponente), Carlos Fausto Barrera y Ginnio Estupiñán Bamba dictaron sentencia condenatoria, una multa de 1.333 salarios básicos unificados y el pago de 100.000 dólares como reparación integral.

Información jurídica

Joffre Darío J. G. fue procesado de acuerdo al artículo 140, numeral 8, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), más la circunstancia agravante descrita en el artículo 47, numeral 5, del mismo cuerpo legal.

 

 

 

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