Pena máxima agravada para alias “el Descuartizador” por el asesinato de una persona

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 657-DC-2024

Imagen de boletín: Pena máxima agravada para alias “el Descuartizador” por el asesinato de una persona

Esmeraldas (Esmeraldas), 04 de junio de 2024.- A treinta y cuatro años y ocho meses de prisión fue sentenciado Eduardo Xavier T. G., alias “el Descuartizador”, luego de que Fiscalía demostrara su responsabilidad en el asesinato de Segundo Q.

En su resolución, el Tribunal de Garantías Penales que conoció la causa también ordenó el pago de una multa equivalente a 1.333 salarios básicos unificados.

Durante la audiencia de juicio, desarrollada el 30 de mayo, el Fiscal de la Unidad de Personas y Garantías N° 1 del cantón Esmeraldas, presentó como pruebas: el testimonio del agente investigador, del perito que practicó la experticia de luminol al automotor en el que se detuvo al ya sentenciado, los informes de inspección ocular técnica, pericial de genética forense, el protocolo de autopsia, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el acta de levantamiento del cadáver, el examen toxicológico, entre otras.

Con base en todos estos elementos, el Tribunal dictó la sentencia contra Eduardo Xavier T. G.

Contexto

El ya sentenciado fue detenido el 29 de junio de 2023, alrededor de las 06:30, cuando se movilizaba a bordo de un taxi. La alerta ciudadana denunciaba a las autoridades que alias “el Descuartizador” lanzó seis piezas anatómicas, pertenecientes al cuerpo de la víctima, en varios puntos del sur de la ciudad de Esmeraldas. Junto a una de estas partes –envueltas en una funda plástica de color negro– se encontró un panfleto con la leyenda “así se van a morir todos los que les copien a ‘Los Lobos’ y ‘Gánster’”.

El hombre fue puesto a órdenes de las autoridades ese mismo día y las investigaciones determinaron que actuó en calidad de autor directo del asesinato de Segundo Q.

Información jurídica

Este caso se procesó con base en el artículo 140, numeral 2 (colocar a la víctima en situación de indefensión), del Código Orgánico Integral Penal (COIP), junto a las circunstancias agravantes del artículo 47, numeral 5 (cometer la infracción con la participación de dos o más personas), del mismo cuerpo legal.

 

 

 

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