Padrastro sentenciado a 17 años de prisión por homicidio
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 390-DC-2023
Quito (Pichincha), 26 de abril de 2023.- Ángel Gabriel C. fue declarado autor del homicidio del hijo de tres años de su conviviente.
Un Tribunal de Garantías Penales de Pichincha —por unanimidad— lo sentenció a cumplir una pena privativa de libertad de diecisiete años con cuatro meses, a pagar una multa de sesenta salarios básicos unificados y a entregar 5.000 dólares como medida de reparación integral.
La madre de la víctima salió de su domicilio hacia una tienda del sector. Dejó a su hijo jugando con su conviviente, que en ese momento revisaba el celular. Cuando retornó al domicilio los encontró en la cocina, Ángel Gabriel C. estaba con su hijo en los brazos mientras lo golpeaba en la espalda.
El niño estaba pálido y con fluidos en su boca. Lo trasladaron a una casa de salud donde se confirmó su muerte.
En la audiencia de juicio, la fiscal Ángela Chuchuca presentó el testimonio del padre biológico de la víctima. En su relato dijo que su hijo recibía maltratos constantes del conviviente de su expareja. Cuando lo visitaba, se había percatado de que tenía quemaduras, moretones y mordeduras en su cuerpo. Cuando la madre lo retiraba —acompañada de Ángel Gabriel C.—, el niño temblaba y se rehusaba a irse.
Asimismo la médica pediatra que atendió al infante —desde su nacimiento hasta el año de edad— contó que el niño recibía los controles rutinarios, que tenía las características de un niño sano y no observó, en su momento, signos de maltrato físico, pero si padecía de desnutrición.
Desde ese tiempo la madre ya no acudió al Hospital para las revisiones periódicas del menor.
La trabajadora social quien realizó visitas in situ —antes de que la madre de la víctima se mudara con Ángel Gabriel C.—, declaró que el niño se desarrollaba en un entorno sano y no tenía evidencias de maltrato.
La autopsia médico-legal determinó que la causa de muerte fue una hemorragia aguda interna y trauma abdominal producido por una fuerza externa directa, como golpes o patadas. En tanto la pericia de autopsia psicológica mostró que la víctima vivía en un entorno de violencia consecutiva provocada por su padrastro.
A estas pruebas se sumaron la pericia antropológica, que demostró que la víctima tenía el síndrome del niño maltratado, es decir, fue un niño que nació sano pero por la violencia física recibida en el tiempo de convivencia con el padrastro, se detectaron algunas fracturas a sus huesos, anteriores al homicidio.
Información jurídica
El delito de homicidio está tipificado en el artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal y contempla una pena privativa de libertad es diez a trece años. En este caso se aplicó la circunstancia agravante del artículo 47, numeral 11 del mismo cuerpo legal.
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