Imagen de boletín: Mujer es condenada por haber agredido con un machete a su conviviente

Mujer es condenada por haber agredido con un machete a su conviviente

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 272-DC-2023

Imagen de boletín: Mujer es condenada por haber agredido con un machete a su conviviente

 

Santo Domingo (Santo Domingo de los Tsáchilas), 21 de marzo de 2023.- Con base en las pruebas expuestas por Fiscalía, Tribunal de Garantías Penales dictó sentencia condenatoria de ochenta días de pena privativa de libertad para Tania P., como autora del delito de violencia física contra su pareja sentimental.

En el desarrollo de la audiencia de juicio, la agente fiscal Gabriela Gende presentó pruebas contundentes que demostraron la responsabilidad de la procesada en el delito imputado.

Entre estas se incluyen: el testimonio de la víctima, de los agentes aprehensores, de los peritos que efectuaron el reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias, y del médico que suturó las lesiones provocadas por la agresora.

Además, Fiscalía demostró –mediante el testimonio del médico que practicó la pericia médico-legal– que el agraviado vivía dentro de un círculo de violencia y que –producto de las lesiones producidas con un arma punzocortante– tenía una incapacidad de nueve a treinta días.

El hecho ocurrió el 13 de mayo de 2022 en una vivienda ubicada en el centro de Santo Domingo. El hombre pretendió –a manera de broma– tomar el celular de su conviviente. Este acto ocasionó una discusión entre ambos. Entonces, la mujer le propinó tres machetazos en la cabeza de su conviviente.

Los agentes de Policía conocieron de la agresión, tras la llamada de la víctima al ECU 9-1-1. Como consecuencia del ataque, el hombre tenía varias heridas en su cabeza, por lo que fue trasladado a un hospital cercano para recibir los primeros auxiliares.

La agresora fue aprehendida en delito flagrante.

Información jurídica

En este caso, Tania P. fue sentenciada con base en el delito de violencia física contra la mujer o miembros del núcleo familiar, tipificado en el artículo 156 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en relación al artículo 152, numeral 2, del mismo cuerpo legal: si produce a la víctima un daño, incapacidad o enfermedad de nueve a treinta días, será sancionada con pena privativa de libertad de dos meses a un año.

 

 

 

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