María Sol L. y 5 personas más son declaradas culpables de peculado
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 592-DC-2019
Quito, 08 de noviembre de 2019.- El Tribunal de Garantías Penales, integrado por los jueces Luis Manosalvas, Mabel Tapia y Galo Rumiguano, luego de haber evaluado las pruebas presentadas por todas las partes procesales, dictó sentencia en contra de Bolívar B., Fernando G., Henry M., Griselda G. y Marco E, a quienes impuso una pena de tres años de prisión como autores del delito de peculado, y un año para María Sol L., en calidad de cómplice de la infracción.
Los sentenciados participaron en la irregular contratación de equipos oftalmológicos para las unidades médicas del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
El Juez ponente señaló que la pena se estableció por unanimidad, con base en lo tipificado en el artículo 257, numeral 4, del Código Penal.
Fiscalía solicitó que sean sancionados conforme a lo dispuesto en el artículo 257, numeral 1, del Código Penal (normativa vigente al momento de la presunta comisión de la infracción) y que cumplan con la reparación integral de 7’405.100 dólares.
La decisión de los magistrados también incluye el pago de una multa de 400 dólares y la reparación integral de 1’398.741 para cada uno de los autores y de 120 dólares, más la reparación de 411.394 dólares, para la cómplice.
El proceso inició con un Informe con Indicios de Responsabilidad Penal (IRP) emitido por la Contraloría General del Estado. El órgano de control realizó un examen especial al proceso de contratación para la adquisición, instalación y puesta en funcionamiento del equipo oftalmológico para treinta unidades médicas, a escala nacional.
La investigación de Fiscalía determinó que María Sol L., como directora del Hospital Carlos Andrade Marín (HCAM), formuló la necesidad para adquirir los equipos sin que existiera un requerimiento por parte de los representantes de las unidades médicas a las que iban a ser destinados y sin contar con un estudio de mercado que sustentara el precio y el beneficio para el IESS, aunque no tenía la facultad legal para hacerlo.
Por ello, según un informe pericial, los equipos oftalmológicos fueron subutilizados y otros permanecían embodegados, porque no contaban con el espacio físico para su ubicación ni el personal para su operación, afectando así a los recursos de la Institución.
Además, la comisión técnica, durante la etapa precontractual, incumplió con la normativa de contratación pública, al no realizar los estudios adecuados a las propuestas presentadas.
Por ello, se adjudicó el contrato a la empresa CMM Representaciones Cía. Ltda., por 30’127.700 dólares, que era la oferta de mayor valor.
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