Llamados a juicio por asociación ilícita para ingreso de artículos prohibidos en CRS

BOLETÍN DE PRENSA FGE No 1065-DC-2020

Llamados a juicio por asociación ilícita para ingreso de artículos prohibidos en CRS

Cuenca (Azuay), 19 de noviembre de 2020.- Cinco personas, entre ellas dos exguías penitenciarios y un expolicía, que se habrían asociado para ingresar artículos prohibidos en el Centro de Rehabilitación Social (CRS) Turi de Cuenca, fueron llamados a juicio, la tarde de este jueves 19 noviembre.

Así lo decidió el juez de la Unidad Judicial Penal de Cuenca, William Sangolquí, luego de analizar los elementos de convicción presentados por la Fiscalía.

En la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, el fiscal Fernando Sánchez expuso que, entre noviembre de 2019 y junio de 2020, se desarrolló la investigación por el delito de asociación ilícita, en el que habrían participado los guías penitenciarios Byron Y. y Thalía L., el policía Rolando J. y los ciudadanos Blanca Ch. y Adriana S.

Los procesados, presuntamente, eran miembros o brazos ejecutores de una organización delictiva, que obtenía beneficios económicos mediante el ingreso de artículos prohibidos al CRS Turi: droga, celulares, chips, armas de fuego, alcohol y alimentos.

Durante la investigación, se recopilaron varios elementos de convicción, como el informe de seguimientos y vigilancias, que presuntamente permite conocer el lugar donde operaban los procesados y la persona que les proveía las sustancias estupefacientes.

Además, un informe de triangulación de llamadas telefónicas, que determinaría la ubicación o el lugar donde se encontraban los procesados cuando realizaban las actividades ilícitas, así como los contactos que tenían y su forma de operar como grupo organizado.

A esto se suman grabaciones de las cámaras de seguridad del CRS, certificaciones de depósitos bancarios, partes policiales, actas de allanamiento, una pericia cotejamiento de voz, entre otros.

Dato jurídico

El delito de asociación ilícita está tipificado y sancionado en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con privación de libertad de tres a cinco años.

 

 

 

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